Transmisión Gratuita de Bienes

Pago de Declaración Jurada en Cuotas






Descripción

Permite abonar una Declaración Jurada de Transmisión Gratuita de Bienes (TGB), por la modalidad de pago en cuotas, cuando no hubiera operado el vencimiento original de la misma, estableciendo un compromiso formal de pago.

Vía web

Requisitos

Documentación

  • Cuando quien solicita el plan de pagos, no es el único beneficiario, o es un apoderado, deberá acompañar nota de autorización de la o las personas beneficiarias para suscribir el plan de pago (nota modelo). A su vez deberá acompañar copia digitalizada del Documento Único de la o las personas beneficiarias, de ambos lados, y de quien solicita el plan.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    Ante la falta de pago de alguna cuota, podrás reliquidarla/s dentro de los treinta (30) días corridos a partir de su vencimiento, desde la página Web de Arba.
    Cada cuota devengará, en forma independiente, el interés prescripto por el artículo 321 bis del Código Fiscal, desde la fecha del vencimiento original legalmente dispuesto con carácter general para el pago del tributo y hasta la fecha de vencimiento de cada cuota. El importe de este interés se abonará junto con la cuota sobre la que se devengue.
    Podés consultar el estado de tu trámite y podrás reiterar una presentación activa a fin de impulsar las actuaciones sobre tu reclamo, tené en cuenta que esta acción solo está permitida una vez por cada dependencia que esté tratado el caso.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o directamente accedé al Sistema Integral de Reclamos y Consultas para iniciar el trámite.
  2. Ingresá tu CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT) y presioná "Ingresar".
  3. Completá los datos requeridos por la página:
    1. Tus datos:
      • Nombre y Apellido / Razón Social.
      • CUIT / CUIL.
      • Correo electrónico.
      • Confirmar Correo electrónico.
      • Teléfono.
      • Domicilio.
    2. Los datos del objeto: Impuesto - Transmisión Gratuita de Bienes, CUIT y relación con el presentante de la Declaración Jurada.
    3. Plan de pago: tipo de plan de pago, cuotas y  aclaraciones.
    4. Detalles del reclamo: cualquier información que ayude con la resolución del mismo.
  4. Adjuntá la documentación solcitada en un único archivo y presioná el botón "continuar".
  5. Te enviaremos un correo electrónico con las opciones de pago que deberás contestar informando la modalidad de cancelación que elijas.
  6. Por último recibirás la constancia de acogimiento y te indicaran como podrás acceder a la liquidación de las cuotas del plan.

Normativas

Última actualización

05/06/2024