Tasas

Demanda de Repetición






Descripción

Permite solicitar el reintegro de los tributos abonados en forma indebida o sin causa.

Presencial
Con turno

Requisitos

No aplica.

Documentación

Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano/a Público/a. No es válida la certificación Bancaria.

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos, salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.
  • Documento Único o Pasaporte (sólo personas extranjeras).
  • Nota de Solicitud que deberá contener la siguiente información:
    • Datos de la persona demandante: Apellido y Nombre / Razón Social, Carácter de la demanda, CUIT/CUIL/CDI, tipo y número de DNI.
    • Constitución de Domicilio: Domicilio constituido en la Provincia de Buenos Aires, Teléfono (fijo y/o celular) y correo electrónico.
    • Lugar y fecha en que se efectúa la presentación, firma de la persona demandante y aclaración de la misma.
    • Impuesto que se pretende repetir e identificación del mismo (CUIT/CUIL/DNI).
    • Detalles de los hechos en los que se fundamenta la demanda.
    • Detalle de los períodos fiscales e importes que se reclaman.
    • En caso de solicitar imputación: indicar impuestos y períodos.
    Atención: Nota tipo de demanda de repetición para descargar.
  • Instrumento, Escritura o Testimonio que originó el pago de la tasa (original y copia).
  • Pago erróneo o en caso de existir Deuda (abonada y no acreditada): Comprobante de pago (copias legibles de los pagos del gravamen o accesorio que se repita).
  • En caso de corresponder: Declaración Jurada de Instrumentos Judiciales Incorrecta y, si hubiere, Declaración Jurada de Instrumentos Judiciales Correcta.
  • Opcionalmente Formularios de: 
    • Solicitud de devolución, acreditación o compensación de pagos (R-338)
    • Declaración Jurada  - Demandas de repetición (R-348) (se imprimen por la Página Web o solicitan en el Centro de Servicio Local).
  • Toda documentación adicional que permita ampliar y mejorar las causales que fundamenten la Demanda de Repetición.
  • Para la Unificación de Personería (para personas jurídicas y cuando exista más de una persona física demandante):
    • Nota con firmas certificadas de todas las partes intervinientes facultando expresamente a una de las personas interesadas a efectivizar el cobro.
      Atención: Nota tipo para el Cobro para descargar.
    • Nota con firmas certificadas de todas las partes intervinientes facultando expresamente a una de las personas interesadas a efectivizar el trámite (esto puede reemplazarse con Apoderamiento Electrónico - Función: "Interponer demandas de repetición").

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Importante
    Si de la resolución de la demanda de repetición resultara un saldo a favor de la persona contribuyente, se emitirá el Formulario R-340 para el cobro en la entidad bancaria a partir de las 48 horas hábiles de la notificación y por un plazo de 180 días; vencido este plazo, deberás solicitar su reimpresión.
    En caso de que la demanda corresponda a una "Tasa de Justicia", se debe informar que a partir de la pandemia, Arba NO toma más intervención en este tipo de demandas quedando en el ámbito de la propia justicia. Para el caso de la Tasa de Justicia, aplica la Resolución SCBA 298-21 "Devolución Tasa de Justicia".

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona obligada al pago del impuesto.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Pasos a seguir Presencial

  1. Concurrí a uno de nuestros Centros de Servicio Local habilitados, exclusivamente en el día y horario del turno reservado, con la documentación requerida.

    Podés reservar turno presionando en el botón "Solicitar turno" en el inicio del trámite.
  2. Caratularemos un expediente y se te entregará una constancia del mismo.
    Podrás realizar el seguimiento del trámite desde la Consulta de estado de un expediente.

Formularios

  • R-338
    Solicitud de devolución, acreditación o compensación de pagos
  • R-348
    DDJJ - Demandas de repetición

Normativas

Última actualización

26/12/2024