Ingresos Brutos

Modificación de Datos






Descripción

Permite que modifiques o actualices los datos que declaraste al momento de inscribirte como persona contribuyente directa del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Vía web

Requisitos

Tené en cuenta que

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.

Sucesor/a de una persona fallecida (actuación ante el Fisco previa al inicio de la sucesión o iniciada esta, previa a la declaratoria de herederos/as).

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón "Iniciar trámite" o directamente en "Trámites de solicitud para actividades de IB y AR".
  2. Ingresá tu CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT) y presioná "Ingresar".
  3. Seleccioná del menú "Trámites", la opción "Modificación de datos para ingresos brutos".
  4. Allí podrás elegir entre las siguientes opciones de modificación, según sea:

    Personas Humanas (físicas):
    1. Cambio de domicilio fiscal y domicilio de actividad principal
    2. Cambio de apellido y nombres
    3. Cambio de Códigos de Actividades
    4. Alta/Baja de sucursales
    5. Baja total de sucursales
    6. Cambio por Venta/Transferencia Total
    7. Cambio por Venta/Transferencia Parcial
    8. Cambio de Cuit Extranjeros
    Personas Jurídicas:
    1. Cambio de naturaleza jurídica
    2. Cambio de domicilio fiscal y de la actividad principal
    3. Cambio de razón social
    4. Cambio de códigos de actividades
    5. Alta/baja de sucursales
    6. Baja total de sucursales
    7. Cambio de responsables
    8. Cambio por venta/transferencia total
    9. Venta/transferencia parcial
  5. En todos los casos, después de completar los datos solicitados por la página, presioná el botón "Declarar".
  6. En el caso de cambio de domicilio fiscal o de domicilio de actividad principal:
    1. Te enviaremos un correo electrónico a la casilla declarada conteniendo un enlace.
    2. Accedé a ese enlace donde verás un formulario. Completá dicho formulario utilizando los datos recibidos en el correo electrónico y presioná el botón "Continuar".

    Importante:
    Si no realizás esta confirmación, el trámite iniciado perderá validez y deberás iniciarlo nuevamente.
  7. ARBA confirmará el trámite realizado en el plazo de quince (15) días hábiles.

    Importante:
    En el caso de cambio de domicilio fiscal o de domicilio de actividad principal, ARBA podrá, en forma previa a la confirmación del trámite, solicitarte el aporte de la documentación que en cada caso estime corresponder, la cual deberás presentar de manera que te indique (electrónica o presencial), dentro de los diez (10) días hábiles de formulado el requerimiento.
    En tal caso, el trámite será confirmado por ARBA en el plazo de 15 días hábiles desde que se verifique la presentación de la totalidad de la documentación requerida, en tanto se hubiera cumplimentado previamente lo indicado en el paso anterior.
    En caso de incumplimiento, el trámite iniciado perderá validez, ARBA podrá iniciar acciones de fiscalización individualizada, y deberás iniciar nuevamente el trámite.

Normativas

  • Resolución Normativa N° 53/10

    Contribuyentes directos y A. de Recaudación de IIBB. A. de Recaudación del Impuesto de Sellos. Procedimiento para formalizar inscripción, modificación de datos o cese de actividades

  • Resolución Normativa N° 48/20

    Modificar la Resolución Normativa Nº 53/2010 y modificatoria, y generar un procedimiento excepcional para la confirmación de trámites de inscripción de agentes de recaudación iniciados con anterioridad a la vigencia de la presente

  • Resolución Normativa N° 06/22

    Nuevo procedimiento de altas, bajas y modificaciones en el impuesto sobre los ingresos brutos previsto en la R.N. N° 53/10 y convalidación del procedimiento de confirmación de altas provisorias de la R.N. N° 19/20 hasta el 31/03/2022

Última actualización

05/06/2024