Agentes de Información

Obtención de Código de Operaciones de Traslado (COT)






Descripción

Permite generar el Código de Operaciones de Traslado (COT), el que deberá llevar el transportista de la mercadería, dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires, cuando el origen o el destino sea una de las jurisdicciones adheridas al sistema COT (Provincias de Buenos Aires, Sante Fe, Mendoza, Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Deberá generarse el COT siempre que la mercadería se encuentre contemplada en los anexos I y II de la Resolución Normativa N° 31/2019 y modificatorias, desde las cantidades allí indicadas o cualquier otro bien que supere los $2.429.038 o los 4.500 kg.

En caso de querer solicitar la Clave de Transporte Presencial deberás realizar el trámite "Obtención de Clave de Transporte Presencial".

Para generarla desde la web "Registración de Transporte de Bienes".

Vía web

Requisitos

  • Poseer Clave de Transporte o generarla ingresando en el enlace.
  • El origen o el destino de la mercadería deben ser jurisdicciones adheridas al sistema COT (Provincias de Buenos Aires, Sante Fe, Mendoza, Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
  • La mercadería esté identificada en tipo y cantidad en los anexos I y II; o cualquier otro bien que supere los $2.429.038 o los 4.500 kg. Podés consultar on-line los códigos o descargarlos para uso local.
  • Comprobantes que respaldan el traslado y entrega de bienes según el artículo 8 inciso b) de la Resolución General Nº 1415 y modificatorias de AFIP, emitidos de conformidad con el artículo 32 de la misma normativa: Factura, remito, guía, o documento equivalente. Se entiende como documento equivalente y cumplimentada la documentación, cuando el transporte cuente con alguno de los siguientes documentos electrónicos:
    • Remito Electrónico Cárnico -REC-
    • Documento de Tránsito Animal Electrónico -DT-e-
    • Documento de Tránsito Vegetal Electrónico -DTV-e-
    • Carta de Porte emitida de conformidad con la RG Conjunta N°5017/2021 de la AFIP y RG N° 5235/2022 de la AFIP y sus modificatorias. 
    • Además de las ya vigentes Guías provinciales electrónicas Minera y Ganadera.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Importante
    Existe la opción de generación telefónica llamando al 0800-321-ARBA (2722), marcando la opción 3 "Transporte de bienes" y luego la opción 1 "Para generar COT".
    La mercadería valuada en moneda extranjera deberá cotizarse al tipo vendedor del Banco Nación de la República Argentina del día hábil inmediato anterior.
    El número deberá ser exhibido o informado incluso en forma verbal.
    Según la distancia del traslado, la vigencia del COT será:
    • Recorrido menor a quinientos (500) kilómetros: la fecha estimada de entrega será el día inmediato siguiente a la fecha de inicio del traslado o transporte.
    • Igual o mayor a quinientos (500) kilómetros y menor a mil (1000) kilómetros: la fecha estimada de entrega será el segundo día inmediato siguiente a la fecha de inicio del traslado o transporte.
    • Igual o mayor a mil (1000) kilómetros: la fecha estimada de entrega será la que informe el solicitante en oportunidad de generar el Código de Operación de Transporte
    Tener en cuenta que no resultará exigible la generación del COT conforme los exeptuado en el Artículo 5 de la Resolución Normativa N° 31/19 y en el artículo 4 y 5 de la Resolución Normativa N° 27/2023.
    No será pasible de sanciones quienes no pudieran generar el COT dentro de los plazos previstos cuando sea reconocido por esta Agencia en el Reportes de incidentes.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona obligada al pago del impuesto.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en "Iniciar Trámite".
  2. Ingresá CUIT y Clave Fiscal, y presioná "Ingresar".
  3. Presioná en el menú "Obtener código" y allí indicá si sos el dueño comprador de la mercadería a transportar o el emisor de la documentación prevista por la AFIP que debe acompañarla durante el traslado.
  4. Ingresá los datos del emisor de la documentación respaldatoria (RG 1415 AFIP), datos del transportista, recorrido, fecha de origen y distancia total.
  5. En la carga de operaciones pueden darse diferentes situaciones:
    • Perfectamente identificadas: Destinatario, detalle de los productos de tipo y cantidad y la identificación de la documentación respaldatoria que acompaña la mercadería.
    • Con información parcial: cuando no pueda individualizarse destinatario, bienes transportados al inicio o transportista deberá dentro de los 4 días corridos desde la finalización de la validez del COT ingresar la información que no se hubiera al momento de la generación.
  6. Finalmente aceptá y generá el COT. Te mostraremos una previsualización para que verifiques si es necesario hacer correcciones.
    Pulsá en "Aceptar" y verás un resumen con el COT, la fecha de validez, dominio del vehículo encargado del transporte y el acoplado; allí tendrás las opciones de imprimir la pantalla o generar un archivo de extensión PDF.

Normativas

Última actualización

31/10/2024