Sellos

Plan de Pagos de Deuda Prejudicial Determinada por una Fiscalización






Descripción

Permite regularizar deudas provenientes del impuesto Sellos, que se encuentran en instancia prejudicial por una fiscalización con allanamiento.

Vía web
Presencial
Con turno

Requisitos

 

Documentación

  • Formulario Fiscalización y Determinación del Impuesto de Sellos (R-151). De existir, copia de la resolución determinativa.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    De regularizar el importe total de la pretensión fiscal, podrá continuarse el proceso de discusión o determinación administrativa en curso, no implicando el acogimiento al plan de pagos un allanamiento por parte del contribuyente.

    Si disminuye el monto de la pretensión fiscal, el contribuyente podrá interponer, en virtud de los pagos efectuados en forma indebida o sin causa, demanda de repetición (Art. 133l Código Fiscal - Ley Nº 10397 (T.O. 2011) y modificatorias.

    SIN Débito Automático

    El vencimiento para el pago al contado será a los 15 días corridos y el vencimiento para el pago de las cuotas será con anticipo a los 5 días corridos y las cuotas restantes el día 10 de cada mes o hábil siguiente si aquél resultara inhábil.

    También podés consultar tus planes vigentes y caducos, desde Gestionar Mis Planes.
    Podés consultar el estado de tu consulta o reclamo y podrás reiterar una presentación activa a fin de impulsar las actuaciones sobre tu reclamo, tené en cuenta que esta acción solo está permitida una vez por cada dependencia que esté tratado el caso.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona obligada al pago del impuesto.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o accedé a "Fiscalización" - "Expedientes en trámite de fiscalización".
  2. Ingresá tu CUIT/CUIL/CDI y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
  3. Una vez allí podrás: "Consultar el Formulario R-151" según Expediente de Fiscalización.
    Ingresá a "Conformar Ajustes" y seleccioná si conformar totalmente, parcialmente o no conformar el/los instrumento/s privado/s detallados en el expediente.
  4. Ingresar en "Instrumentos Privados" para hacer la Declaración Jurada total o parcial en caso de corresponder.
  5. Realizada la acción de conformación de ajuste solicitá el "acogimiento" correspondiente.
  6. Completá los datos requeridos por la página:
    1. Tus datos:
      1. Nombre y Apellido / Razón Social.
      2. CUIT / CUIL.
      3. Correo electrónico.
      4. Confirmar Correo electrónico.
      5. Teléfono.
      6. Domicilio.
    2. Los datos del objeto: Impuesto - sellos, instrumento y relación con el mismo.
    3. Plan de pago: tipo de plan de pago, cuotas y  aclaraciones.
    4. Detalles del reclamo: cualquier información que ayude con la resolución del mismo.
  7. Adjuntá "Formulario Fiscalización y Determinación del Impuesto de Sellos (R-151)" de existir, "copia de la resolución determinativa" en un único archivo PDF y presioná el botón "continuar".
  8. Te enviaremos un correo electrónico con las opciones de pago que deberás contestar informando la modalidad de cancelación que elijas.
  9. Por último recibirás la confirmación junto con el enlace por medio del cual podrás acceder a la liquidación de las cuotas del plan.

Pasos a seguir Presencial

  1. Hacé click en el botón de "Iniciar trámite" o accedé a "Fiscalización" - "Expedientes en trámite de fiscalización".

  2. Ingresá tu CUIT/CUIL/CDI y Clave de Identificación Tributaria (CIT).

  3. Una vez allí podrás: "Consultar el Formulario R-151" según Expediente de Fiscalización. Ingresá a "Conformar Ajustes", allí deberás seleccionar si conformar total, parcial o no conformar el/los instrumento/s privado/s detallados del expediente.

  4. Ingresar en "Instrumentos Privados" para hacer la Declaración Jurada total o parcial en caso de corresponder.

  5. Concurrí a uno de nuestros Centros de Servicio Local habilitados, exclusivamente en el día y horario del turno reservado, con la documentación requerida.

    Podés reservar turno presionando en el botón "Solicitar turno" en el inicio del trámite.


Instructivo

Normativas

  • Código Fiscal (T.O. 2011) y sus modificaciones

    Artículo 105 al 107

  • Resolución Normativa N° 01/15

    Conformidad total o parcial de los ajustes practicados. Efecto de declaración jurada. Artículo 113 del Código Fiscal (Ley Nº 10397, T.O. 2011 y sus modificatorias). Conformidad para ajustes por Impuesto de Sellos

  • Resolución Normativa N° 06/16

    Régimen para la regularización de deudas de contribuyentes y sus responsables solidarios

  • Resolución Normativa N° 24/17

    Regímenes de regularización. Resolución Normativa N° 6/16 y modificatoria. Intereses de financiación

  • Resolución Normativa N° 38/20

    Nueva modalidad para liquidaciones para el pago al contado de deudas en instancias de ejecución judicial y para los casos no previstos en las Resoluciones Normativas N° 6/2016 y modificatorias y N° 8/2020 y modificatorias.

  • Resolución Normativa N° 07/22

    Implementar un régimen para la regularización de deudas provenientes de los impuestos Inmobiliario -básico y complementario-, Automotores, Embacaciones, Ingresos Brutos y Sellos, en sustitución del previsto en la RN N° 6/2016.

  • Resolución Normativa N° 10/24

    Modificar las tasas de interés aplicables a los supuestos comprendidos en los artículos 96 y 104 del Código Fiscal -Ley N° 10397 (T.O. 2011) y modificatorias-, reglamentadas en la Resolución Normativa N° 61/2012 y modificatoria.

  • Disposición Normativa Serie B N° 40/06

    Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Fiscalización. Nuevo procedimiento de conformación de ajustes por web

Última actualización

17/07/2024