Sellos
Permite regularizar deudas provenientes del impuesto Sellos, que se encuentran en instancia prejudicial por una fiscalización con allanamiento.
Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"
SIN Débito Automático
El vencimiento para el pago al contado será a los 15 días corridos y el vencimiento para el pago de las cuotas será con anticipo a los 5 días corridos y las cuotas restantes el día 10 de cada mes o hábil siguiente si aquél resultara inhábil.
Persona obligada al pago del impuesto.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.
Hacé click en el botón de "Iniciar trámite" o accedé a "Fiscalización" - "Expedientes en trámite de fiscalización".
Ingresá tu CUIT/CUIL/CDI y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
Una vez allí podrás: "Consultar el Formulario R-151" según Expediente de Fiscalización. Ingresá a "Conformar Ajustes", allí deberás seleccionar si conformar total, parcial o no conformar el/los instrumento/s privado/s detallados del expediente.
Ingresar en "Instrumentos Privados" para hacer la Declaración Jurada total o parcial en caso de corresponder.
Concurrí a uno de nuestros Centros de Servicio Local habilitados, exclusivamente en el día y horario del turno reservado, con la documentación requerida.
Podés reservar turno presionando en el botón "Solicitar turno" en el inicio del trámite.
Artículo 105 al 107
Conformidad total o parcial de los ajustes practicados. Efecto de declaración jurada. Artículo 113 del Código Fiscal (Ley Nº 10397, T.O. 2011 y sus modificatorias). Conformidad para ajustes por Impuesto de Sellos
Régimen para la regularización de deudas de contribuyentes y sus responsables solidarios
Regímenes de regularización. Resolución Normativa N° 6/16 y modificatoria. Intereses de financiación
Nueva modalidad para liquidaciones para el pago al contado de deudas en instancias de ejecución judicial y para los casos no previstos en las Resoluciones Normativas N° 6/2016 y modificatorias y N° 8/2020 y modificatorias.
Implementar un régimen para la regularización de deudas provenientes de los impuestos Inmobiliario -básico y complementario-, Automotores, Embacaciones, Ingresos Brutos y Sellos, en sustitución del previsto en la RN N° 6/2016.
Modificar las tasas de interés aplicables a los supuestos comprendidos en los artículos 96 y 104 del Código Fiscal -Ley N° 10397 (T.O. 2011) y modificatorias-, reglamentadas en la Resolución Normativa N° 61/2012 y modificatoria.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Fiscalización. Nuevo procedimiento de conformación de ajustes por web
17/07/2024