Automotores

Solicitud de Afectación al Beneficio Automotor por Actividad Ingresos Brutos (RN 54/14 y modificatorias)






Descripción

Permite solicitar a las personas contribuyentes la afectación de camiones, camionetas, pick-ups, jeeps o furgones  al desarrollo de actividades económicas que requieran la utilización de los mismos, para la aplicación del beneficio en el Impuesto a los Automotores que se estipula por Resolución Normativa N° 54/14 y sus modificatorias, cuando dicha afectación no fuera otorgada automáticamente por los procesos previstos a tal fin.

Vía web

Requisitos

  • Poseer Clave de Identificación Tributaria (CIT) u obtenerla (Ver trámite de "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)").
  • El vehículo debe estar clasificado en los términos del inciso B) del Artículo 43 de la Ley Impositiva 2024 (Ley N° 15.479) y modificatorias (excluidos vehículos considerados suntuosos “JP” o calculados por peso y carga).
  • Las personas propietarias o adquirentes deben encontrarse inscriptos/as en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ya sea como contribuyentes de régimen general o simplificado , o sujetos al régimen del Convenio Multilateral, por el ejercicio de alguna de las actividades detalladas en el Anexo de la Resolución Normativa vigente, y registrar facturación por dicha actividad.
  • De existir pluralidad de personas propietarias o adquirentes respecto de un mismo automotor resultará suficiente la inscripción, de al menos uno de ellos, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos con alguno de los códigos de actividad indicados en el Anexo de la Resolución Normativa vigente.
  • En caso de Socios/as o Asociados/as de Sociedades en General: el vehículo debe encontrarse afectado al desarrollo de actividades de las cooperativas, sociedades de hecho, sociedades o asociaciones en general, debidamente inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por el ejercicio de alguna de las actividades detalladas en el Anexo de la Resolución Normativa vigente.
  • Matrimonio: cuando la titularidad del vehículo esté a nombre del cónyuge del titular del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberá acreditarse tal condición, además de verificarse la inscripción con alguno de los códigos de actividad indicados en el Anexo de la Resolución Normativa vigente.
 

Documentación

Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano/a Público/a. No es válida la certificación Bancaria.

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos, salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.
  • Título Automotor.
  • En caso de revestir el carácter de cónyuge: Certificado de Matrimonio (con vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos).
  • En caso de revestir carácter de persona socia o asociada: Acta de Socios/as o Asociados/as.
  • En caso de revestir el carácter de personas socias en S.H. y no poseer Contrato Constitutivo: constancia de AFIP con el detalle de los socios/as.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Importante
    La Agencia de Recaudación, podrá verificar la afectación mencionada, incluso de oficio, en función de la información obrante en sus bases de datos correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
    Podés consultar si tu vehículo se encuentra afectado al beneficio en la boleta de pago o bien por medio del WhatsApp de los Centros de Servicio Local.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona que posee un derecho de propiedad sobre un bien.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Pasos a seguir Presencial

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o directamente accedé al Sistema Integral de Reclamos y Consultas.
  2. Ingresá tu CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT), y presioná "Ingresar".
  3. Completá los datos requeridos para el mismo y adjuntá la documentación correspondiente.

    Nota: como el sistema admite un único archivo, si tenés que adjuntar más de uno, hacelo incluyendolos a todos en un único archivo en formato pdf.
  4. Confirmando la carga, el sistema te dará un número de identificación del mismo para que puedas consultar el estado del trámite.

Normativas

  • Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (T.O. 2011) y sus modificatorias-.

    Artículos 34 y 228.

  • Ley Impositiva 2024 (Ley N° 15.479)

    Artículo 43, inciso B).

  • Resolución Normativa Nº 54/14

    Camiones, camionetas, pick ups, jeeps y furgones, comprendidos en su inciso B), por los que no se acredite afectación al desarrollo de actividades económicas que requieran su utilización. Liquidación del impuesto por las disposiciones del inciso A).

  • Resolución Normativa N° 11/16

    Modificación - Resolución Normativa Nº 54/14.

  • Resolución Normativa N° 51/17

    Impuesto a los Automotores. Sustitución del Anexo Único de la Resolución Normativa N° 54/14 y modificatorias.

  • Resolución Normativa 15/18

    Impuesto a los Automotores. Adecuación normativa para el cálculo del Impuesto a los Automotores respecto de los vehículos comprendidos en el inciso B) del artículo 43 de la Ley Nº 14.983 y concordantes de la Ley N° 14880 (camiones, camionetas, pick-ups, jeeps y furgones). Dominios objeto de contratos de Leasing. Acreditación de afectación al desarrollo de actividades económicas que requieran su utilización. Modificaciones a la Resolución Normativa 54/14.

  • Resolución Normativa N° 17/19

    Modificar el Anexo Único de la Resolución Normativa N° 54/14 y modificatorias.

Trámites Relacionados

Última actualización

17/09/2024