Agentes de Recaudación
Permite formalizar la inscripción como Agente de Recaudación de los impuestos sobre los Ingresos Brutos y/o de Sellos.
Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"
Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.
Sucesor/a de una persona fallecida (actuación ante el Fisco previa al inicio de la sucesión o iniciada esta, previa a la declaratoria de herederos/as).
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.
Artículo 94 y ss.
Requisitos reglamentarios vigentes para la actuación de los/las contribuyentes como agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Actuación como Agentes de Percepción. Artículo 320 de la Disposición Normativa Serie
Modificación Art. 331 de la D N Serie
Modificar la Resolución Normativa Nº 53/2010 y modificatoria, y generar un procedimiento excepcional para la confirmación de trámites de inscripción de agentes de recaudación iniciados con anterioridad a la vigencia de la presente
Modificar el artículo 320 de la Disposición Normativa Serie - B - N° 1/2004 y modificatorias
Nuevo procedimiento de altas, bajas y modificaciones en el impuesto sobre los ingresos brutos previsto en la R.N. N° 53/10 y convalidación del procedimiento de confirmación de altas provisorias de la R.N. N° 19/20 hasta el 31/03/2022.
Reglamentar las obligaciones requeridas para que los agentes de recaudación que reunieron las condiciones previstas en la misma durante el año 2022, puedan inscribirse y comenzar a actuar.
Modificación de los montos de ingresos fiscales del año anterior definido para obligar a los sujetos a actuar como agente de recaudación de los regímenes generales de retención y percepción.
Modifica la Resolución Normativa N° 50/2010, en virtud de las disposiciones de la ley impositiva 2022
Derogación de regímenes especiales de recaudación.
Actualizar y elevar los montos de ingresos a los fines de considerar a determinados sujetos como obligados a actuar en la calidad de agente de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los regímenes generales
Cese automático para cooperativas de provisión al minorista.
Sistematización de normas reglamentarias e interpretativas de la legislación tributaria provincial dictadas entre el 1/1/76 y el 31/12/03.
La RN 26/24 Establece que los Encargados de Registros Seccionales de la DNRPA continúan obligados a actuar en su carácter de agentes de recaudación de los Impuestos a los Automotores y de Sellos, y a remitir a esta Agencia de Recaudación toda la información que corresponda.
01/10/2024