Trámites Generales

Apoderamiento Web






Descripción

Permite facultar a una persona para la realización -ya sea presencial o vía web- de trámites, actos y gestiones, en representación de el/la contribuyente o responsable solicitante.

Vía web

Requisitos

Tené en cuenta que

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona obligada al pago del impuesto.

Casos en que, existiendo varios/as herederos/as, todos/as son propietarios/as de los bienes, pero aún no se ha realizado la división de los mismos en la proporción que cada uno/a tiene derecho a heredar.

Sucesor/a de una persona fallecida (actuación ante el Fisco previa al inicio de la sucesión o iniciada esta, previa a la declaratoria de herederos/as).

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o directamente accedé en "Autogestión" para iniciar el trámite.
  2. Ingresá tu CUIT, CUIL o CDI y Clave de Identificación Tributaria (CIT), y presioná "Ingresar".
  3. Seleccioná en el menú de la derecha, la opción "Apoderamiento".
  4. Seleccioná la opción "Contribuyente / Responsable" y presioná "Seleccionar".
  5. Ingresá en "Nueva Delegación" e ingresá la CUIT, CUIL o CDI del sujeto a designar como Apoderado y presioná "Buscar". Te mostraremos el apellido y nombre del sujeto seleccionado cuando esté validado.
  6. Seleccioná las funciones a delegar, pudiendo indicar para cada una, la fecha de cese automático de la delegación. Si no indicás una fecha, podrás revocar la delegación de cualquiera de las funciones, ingresando a la misma página mediante la cual se otorga el poder.
  7. Presioná el botón "Guardar" para finalizar.
  8. El apoderamiento de las funciones seleccionadas tendrá efecto a partir del momento en el cual el sujeto apoderado lo acepte. Para ello debe ingresar en "Gestionar" con su propia CUIT, CUIL o CDI y Clave de Identificación Tributaria (CIT), en el menú "Apoderamiento" por la opción "Designaciones del Apoderado".Presionando en "Aceptar/Rechazar" podrá seleccionar la acción para cada delegación. Cuando presione en "Guardar" el apoderamiento empieza a estar vigente.

Normativas

Última actualización

19/07/2024