Disposición Normativa-Serie "B" Nº 090/07 ASUNTO: Escribanos Públicos. Recaudación del Impuesto de Sellos. Actos notariales otorgados durante el mes de enero de 2008.
Que con motivo de las tareas del revalúo anual
que debe realizar la Dirección Provincial de Catastro Territorial
a partir del último mes del año, el citado organismo ha
dispuesto suspender los trámites administrativos a su cargo a partir
del 28 de diciembre de 2007 y hasta el 7 de enero 2008. Que tal circunstancia dificulta el cumplimiento regular
de las obligaciones tributarias que les cabe a los escribanos públicos
en su calidad de agentes de recaudación del Impuesto de Sellos,
con relación a los actos escriturarios otorgados durante el mes
de enero de 2008. Que por tal motivo resulta conveniente disponer con
relación a los actos mencionados, la validez de los certificados
catastrales emitidos con la valuación fiscal vigente para el año
2007. Que a los fines indicados corresponde dictar la normativa
pertinente. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos,
en uso de las atribuciones inherentes Artículo 1: A fin de cumplir con las
obligaciones inherentes que les cabe a los escribanos públicos
titulares de registro en su carácter de agentes de recaudación
del Impuesto de Sellos, con relación a las escrituras otorgadas
durante el mes de enero de 2008, resultarán válidos los
certificados catastrales expedidos con la valuación fiscal vigente
para el año 2007. Artículo 2: Establecer la vigencia
de la presente disposición desde el día de su fecha. Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese. |
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