Disposición Normativa-Serie "B" Nº 080/07 ASUNTO: Disposiciones Normativas Serie "B" N° 9/07 y mods., 76/07 y 78/07. Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. Contribuyentes sometidos a proceso de fiscalización. Restablecimiento de condiciones especiales y beneficios adicionales.
Que mediante el dictado de la Disposición Normativa Serie "B"
N° 9/07 esta Autoridad de Aplicación estableció un régimen
para la regularización de las deudas de los contribuyentes, provenientes
de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que se encuentren
en proceso de fiscalización. Que mediante las Disposiciones Normativas Serie "B" N°
76/07 y 78/07 esta Autoridad de Aplicación posibilitó la
regularización de la deuda correspondiente a los Impuestos sobre
los Ingresos Brutos y de Sellos, por períodos no fiscalizados,
de los contribuyentes que encontrándose en proceso de fiscalización
hubieren formalizado su acogimiento al régimen de regularización
de deudas de conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones Normativas
Serie "B" Nº 9/07 y 91/06, respectivamente. Que en este momento se considera oportuno restablecer para dicho segmento
de contribuyentes la vigencia de las condiciones especiales y los beneficios
adicionales que estuvieron vigentes al 23 de noviembre del presente, por
un determinado lapso de tiempo. Que corresponde, entonces, dictar la normativa pertinente. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso
de las atribuciones inherentes Artículo 1: Restablecer, a partir del 30 de noviembre y
hasta el 7 de diciembre de 2007, las condiciones especiales y los beneficios
adicionales que estuvieron vigentes al 23 de noviembre del corriente,
para aquellos contribuyentes que realicen su acogimiento de conformidad
con lo dispuesto en las Disposiciones Normativas Serie "B" N°
9/07 y mods., 76/07 y 78/07. Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente Disposición
a partir del día de su fecha. Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese. |
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