Disposición Normativa-Serie "B" Nº 031/07 ASUNTO: Regímenes de regularización de deudas de los contribuyentes, provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 13/07 y 14/07. Extensión del plazo para realizar acogimientos y modificación.
Que, de conformidad con lo previsto en la Ley 12914 y en el Decreto 1900/02,
mediante las Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 13/07
y 14/07 se establecieron regímenes de regularización para
deudas de los contribuyentes, provenientes de los Impuestos Inmobiliario,
a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Se-llos. Que, teniendo en cuenta la existencia de contribuyentes con deuda que
aún no han regularizado su situación fiscal, se estima conveniente
disponer lo necesario para que puedan hacerlo accediendo a las mismas
modalidades de pago previstas en los regímenes vigentes, con una
reducción del treinta por ciento del monto correspondiente a los
intereses y una condonación del treinta por ciento del importe
correspondiente a los recargos. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso
de las atribuciones inherentes Artículo 1: Extender, hasta el 31 de diciembre de 2007
la vigencia de las Disposiciones Normativas Serie "B" N°
13/07 y 14/07, con las modificaciones que se establecen mediante los artículos
siguientes de la presente Disposición. Artículo 2: Establecer en un treinta por ciento (30%) la
reducción del monto de los intereses y la condonación del
importe de los recargos, previstas en los artículos 17, 19, 21,
23 y 26 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº
13/07. Artículo 3: Establecer en un treinta por ciento (30%) la
reducción del monto de los intereses prevista en el artículo
4 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 14/07. Artículo 4: Establecer la vigencia de la presente Disposición,
a partir del 2 de julio de 2007. Artículo 5: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese. |
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