Disposición Normativa-Serie "A" Nº 045/86 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Importes mínimos. Bimestre marzo / abril 1986.- VISTO: CONSIDERANDO: Que corresponde, en consecuencia proceder a la aprobación y aplicación de lo expuesto; por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Establécese a partir del 1º
de marzo de 1986 los siguientes importes mínimos a que alude el
Artículo 46 del decreto-ley 9006/78, modificado por el Artículo
1º de la ley 10.290, que serán de aplicación para el
bimestre marzo/abril de 1986:
Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-
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