Trámites Generales
Permite la presentación de Oficios Judiciales dirigidos a ARBA librados en el ámbito del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires, y no incluidos en los casos establecidos en los artículos 330 y 336 del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires (implica pago de tasas administrativas), en los que se solicitan informes, datos, antecedentes o información que obren en los archivos, registros o cualquier fuente documental.
Mediante Resolución SC Nº 444/25 la Suprema Corte de Justicia (SCBA) estableció la segunda etapa de comunicaciones con la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), en relación al procedimiento de requerimiento y contestación de oficios judiciales por medios electrónicos en supuestos que requieren el pago de una tasa administrativa.
En orden a ello se hace saber a los órganos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia, así como, en su caso, los órganos de gobierno de la SCBA y los Registros Públicos que deberán canalizar dichos requerimientos por el sistema de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, adjuntando el comprobante de pago respectivo.
Artículos 330 y 336.
Artículo 70.
Prórroga de la Ley Nº 15.479, e instruir al Ministerio de Economía y a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires a emitir las normas y adoptar las acciones necesarias para la implementación de las disposiciones pertinentes de dicha Ley, a partir del presente.
Artículos 396, 397 y 398.
01/04/2025