Resolución Normativa Nº 004/15 | ||
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LA PLATA, 28 DE ENERO DE 2015 | ||
VISTO: CONSIDERANDO: Que, a través del dictado de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06 (T.O. por la Resolución Normativa Nº 14/11) y sus modificatorias, esta Autoridad de Aplicación procedió a reglamentar la forma, modo y condiciones en que la obligación señalada debía cumplimentarse; Que por su parte, la Ley Nº 13312 formalizó en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires la Guía Única de traslado para el tránsito de sustancias minerales. Asimismo, la guía de tránsito será expedida por la Autoridad Minera o por la oficina de guías de los municipios establecidas por el Decreto reglamentario Nº 2090/10; Que a su vez esta Agencia de Recaudación impulsa un proceso de continua modernización en su gestión, utilizando para ello diversas aplicaciones y tecnologías informáticas para la transmisión y el procesamiento de datos, que facilitan y simplifican el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los distintos sujetos obligados; Que, en virtud de lo señalado, se estima conveniente readecuar la norma en razón de la disponibilidad de los nuevos sistemas informáticos de aplicación para la obtención de guías para el transporte y traslado de bienes en jurisdicción de esta Provincia de Buenos Aires; Que resulta además conveniente considerar la incorporación al sistema de otras jurisdicciones provinciales que adhieran al mismo, a través de la celebración de los pertinentes Convenios; Que, asimismo, la oportunidad resulta propicia para actualizar las restantes normas contenidas en la ya citada Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06 (T.O. por Resolución Normativa Nº 14/11) y sus modificatorias; Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección Ejecutiva de Fiscalización y Servicios al Contribuyente, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Sustituir el inciso 1 del artículo 2º de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06 (T.O. por la Resolución Normativa Nº 14/11) y sus modificatorias, por el siguiente:
Artículo 2º: Sustituir el artículo 12 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06 (T.O. por la Resolución Normativa Nº 14/11) y sus modificatorias, por el siguiente:
Artículo 3º: Sustituir el artículo 21 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06 (T.O. por la Resolución Normativa Nº 14/11) y sus modificatorias, por el siguiente:
Artículo 4º: Derogar los Anexos III y IV de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06 (T.O. por la Resolución Normativa Nº 14/11) y sus modificatorias. Artículo 5º: La presente comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial. Artículo 6º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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