Resolución Normativa Nº 058/14 LA PLATA, 24 DE SEPTIEMBRE DE 2014 VISTO: CONSIDERANDO: Que el artículo 75 de la Ley N° 14044, autorizó a esta
Agencia de Recaudación para disponer regímenes de regularización
de deudas fiscales de agentes de recaudación, provenientes de retenciones
y/o percepciones no efectuadas; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley
N° 14553, Impositiva para el año 2014, se extiende la autorización
conferida por la citada norma legal hasta el 31 de diciembre del ejercicio
fiscal corriente; Que, sobre la base del plexo legal detallado, la Resolución Normativa
Nº 43/14 instauró un régimen de regularización
de deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de
Sellos, que se encuentren sometidas a proceso de fiscalización,
de determinación, o en discusión administrativa, aún
las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales
respectivas; Que la Resolución Normativa N° 44/14 instauró un régimen de para la regularización de las deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos; Que, la Resolución Normativa Nº 45/14 dispuso un régimen
para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos
Inmobiliario -Básico y/o Complementario-, a los Automotores, sobre
los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución
judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación
o de discusión administrativa; Que por su parte, la Resolución Normativa N° 46/14 instituyó
un régimen de facilidades de pago para la regularización
de las deudas en instancia de ejecución judicial, provenientes
de los Impuestos Inmobiliario Básico, a los Automotores, sobre
los Ingresos Brutos y de Sellos; Que, en esta oportunidad, razones de administración tributaria
llevan a estimar conveniente extender los beneficios otorgados por los
citados regímenes para los acogimientos realizados desde el 1°
de septiembre del corriente año; Que asimismo, conforme lo indicado por la Gerencia de Gestiones de Cobro,
deberá subsanarse un error material detectado en la Resolución
Normativa Nº 46/14, en pos de permitir la armónica aplicación
de las previsiones de sus artículos 12 y 19; Que han tomado la debida intervención la Subdirección Ejecutiva
de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de
Planificación y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Extender, hasta el 31 de diciembre de 2014, la vigencia de los regímenes de regularización establecidos por las Resoluciones Normativas Nº 43/14, 45/14 y 46/14, con los beneficios otorgados para los acogimientos que se efectuaran a los mismos durante el mes de septiembre de 2014. Artículo 2º: Extender, hasta el 31 de diciembre de 2014, la vigencia del régimen para la regularización de las deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, establecidos en la Resolución Normativa Nº 44/14. Artículo 3º: Sustituir el inciso 1) del artículo
19 de la Resolución Normativa Nº 46/14, por el siguiente: Artículo 4º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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