Resolución Normativa Nº 021/14 | ||
........................................................................................................................................................................................................................................................................... | ||
LA PLATA, 27 DE MARZO DE 2014 | ||
VISTO: CONSIDERANDO: Que, asimismo, esta Agencia de Recaudación ha impulsado un proceso de modernización constante en la administración de los distintos tributos que recauda, instrumentando diversas aplicaciones y tecnologías informáticas destinadas a la transmisión y el procesamiento de datos, tendientes a facilitar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los contribuyentes y responsables; Que en el marco de dicho proceso de modernización, se dictó la Resolución Normativa Nº 41, de fecha 27 de diciembre de 2013, mediante la cual se aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de declaraciones juradas y pagos correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, destinado a los contribuyentes directos del tributo en cuestión; Que la aplicación de este mecanismo, cuya finalidad se enmarca en la simplificación del cumplimiento de los deberes fiscales a cargo de los contribuyentes mediante la utilización de los servicios web del Organismo y su debido control, fue prevista a partir del 1º de abril de 2014; Que en este marco, y de conformidad con la instrucción establecida en el artículo 3° de la Resolución Normativa N°41/13, las áreas competentes han elaborado propuestas que incluyen un plan de trabajo con las acciones necesarias para la puesta en vigencia del procedimiento aprobado por la Resolución referenciada; Que por otra parte, las autoridades de esta Agencia han mantenido distintas reuniones y encuentros con distintas entidades vinculadas a la materia fiscal y tributaria, a fin de intercambiar opiniones y evacuar consultas sobre este y otros institutos que resultan de incumbencia de este Organismo; Que, en particular, se han mantenido reuniones con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires los días 19 y 26 de marzo del año en curso, las que han puesto de manifiesto la relevancia de generar ámbitos de discusión y participación tendientes a enriquecer las tareas y funciones de esta Administración Tributaria; Que en este orden, este Organismo considera relevante fortalecer e incentivar aquellos mecanismos que permitan la plena participación tanto de las organizaciones profesionales, y demás entidades, como así también de los administrados en general, a efectos de facilitar la participación de todos ellos en el ejercicio de la función administrativa; Que en tal sentido, deben tenerse en cuenta las previsiones contenidas en el artículo 124 del Decreto Ley 7.647/70 que prevé la posibilidad de que la Administración, cuando la naturaleza o trascendencia de la materia así lo justifique, someta a información pública la elaboración de actos administrativos de alcance general, como es el caso sub examine; Que la disposición referida implica un mecanismo -si bien de uso facultativo para esta Agencia- de suma relevancia, ya que habilita un espacio institucional para la expresión de opiniones y propuestas, con carácter no vinculante, que permite y promueve una efectiva participación ciudadana en el proceso de elaboración de las citadas normas; Que la participación previa a la emisión de actos de alcance general se erige en una herramienta útil para dotar de legitimidad democrática a la eventual medida a dictarse; Que este, y otros mecanismos de participación ciudadana, se nutren de la experiencia del derecho comparado, en especial del procedimiento del Notice-and-comment Rulemaking del derecho estadounidense; Que teniendo en consideración todo lo expuesto, resulta oportuno disponer en los términos del artículo 124 del Decreto Ley 7647/70, un Procedimiento de Consulta Pública destinado a conceder a las distintas organizaciones profesionales, entidades y demás interesados la oportunidad de exponer sus opiniones y propuestas en relación a la norma en análisis; Que en tal sentido, se considera oportuno que el anteproyecto reglamentario para la implementación del procedimiento aprobado por la Resolución Normativa N° 41/13, sea publicitado por un plazo de diez (10) días corridos a partir del día 7 de abril de 2014 en el sitio web de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (www.arba.gov.ar), a efectos que durante el citado plazo, los interesados tomen conocimiento del mismo y presenten sus opiniones, propuestas y comentarios con el fin de lograr la optimización de la reglamentación en cuestión; Que no obstante el carácter no vinculante de las presentaciones individuales o colectivas vertidas en el espacio institucional habilitado a tal fin, todas ellas deberán ser consideradas y analizadas en forma adecuada por este Organismo en miras a la decisión a adoptarse; Que, por todo lo expuesto, y a efectos de poder dar acabado cumplimiento con los objetivos propuestos precedentemente, deviene oportuno disponer una prórroga para la entrada en vigencia del nuevo sistema de declaración jurada, en pos de permitir una adecuada participación ciudadana; Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Establecer que el procedimiento aprobado por la Resolución Normativa N°41/13, entrará en vigencia a partir del día 5 de mayo de 2014. Artículo 2º: Aprobar un Procedimiento de Consulta Pública para la presentación de opiniones y propuestas en relación al Anteproyecto de Resolución Normativa mediante la cual se establece la implementación del sistema de presentación de declaraciones juradas por medio del sistema web y los pagos correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Artículo 3º: Disponer la publicación del Anteproyecto de Resolución Normativa citado en el Artículo 2° de la presente, en el sitio web de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (www.arba.gov.ar), a partir del día 7 de abril de 2014, y por un plazo de diez (10) días corridos, a efectos que todos los interesados tomen conocimiento del mismo y, dentro del plazo señalado, emitan opiniones y propuestas referidas a la iniciativa propiciada. Vencido el plazo otorgado para la presentación de opiniones y propuestas, esta Agencia de Recaudación analizará adecuadamente las presentaciones efectuadas, y aprobará la norma definitiva en la cual deberá dejarse constancia de la realización del Procedimiento de Consulta Pública, de los aportes recibidos y de las modificaciones incorporadas al texto como consecuencia del mismo. Artículo 4º: Aprobar el Formulario para la presentación de Opiniones y Propuestas que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución. El Formulario aprobado es de uso optativo, debiendo admitirse válidamente la comunicación recibida por otros medios y formalidades a fin de garantizar la plena participación de los interesados. Artículo 5º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
|
||