Resolución Normativa Nº 014/14 LA PLATA, 28 DE FEBRERO DE 2014 VISTO: CONSIDERANDO: Que, con motivo del inicio de un nuevo ejercicio fiscal, mediante la
Resolución Normativa N° 42/13 esta Autoridad de Aplicación
estableció las fechas de vencimiento para el cumplimiento de los
deberes formales y sustanciales a cargo de los distintos sujetos obligados;
Que el Anexo V de la Resolución citada en el párrafo anterior
establece los plazos dentro de los cuales los agentes de recaudación
citados deben presentar sus declaraciones juradas e ingresar los importes
recaudados; Que, en esta oportunidad, y por razones de buena administración,
resulta necesario disponer lo pertinente a fin de modificar los plazos
de referencia; Que, asimismo, resulta oportuno derogar los artículos 241, 247
y 248, así como los Anexos 51 y 52 de la Disposición Normativa
Serie "B" N° 1/04 y modificatorias, en tanto regulan cuestiones
vinculadas a la presentación de declaraciones juradas del sistema
"SIRFT BAIRES", actualmente en desuso; Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de
Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación
y Coordinación, y sus dependencias pertinentes; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Modificar las fechas de vencimiento dispuestas en el Anexo V de la Resolución Normativa N° 42/13 para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso de los importes recaudados por parte de los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que actúen de conformidad con el régimen especial de retención sobre los créditos bancarios, regulado en la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04 y sus modificatorias, de acuerdo a lo siguiente:
Artículo 2º: Derogar los artículos 241, 247 y 248, y los Anexos 51 y 52 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04 y modificatorias. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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