Resolución Normativa Nº 014/14

LA PLATA, 28 DE FEBRERO DE 2014

VISTO:
El expediente N° 22700-34361/14, mediante el cual se propicia la modificación de los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas e ingreso de los importes recaudados por los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos obligados a actuar de conformidad con el régimen especial de retención sobre los créditos bancarios, previsto en la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04 y modificatorias; y

CONSIDERANDO:
Que el artículo 470 de la Disposición mencionada establece que los importes recaudados en el marco del régimen especial de retención de referencia, deberán ser ingresados quincenalmente, en los vencimientos previstos en el calendario fiscal anual;

Que, con motivo del inicio de un nuevo ejercicio fiscal, mediante la Resolución Normativa N° 42/13 esta Autoridad de Aplicación estableció las fechas de vencimiento para el cumplimiento de los deberes formales y sustanciales a cargo de los distintos sujetos obligados;

Que el Anexo V de la Resolución citada en el párrafo anterior establece los plazos dentro de los cuales los agentes de recaudación citados deben presentar sus declaraciones juradas e ingresar los importes recaudados;

Que, en esta oportunidad, y por razones de buena administración, resulta necesario disponer lo pertinente a fin de modificar los plazos de referencia;

Que, asimismo, resulta oportuno derogar los artículos 241, 247 y 248, así como los Anexos 51 y 52 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04 y modificatorias, en tanto regulan cuestiones vinculadas a la presentación de declaraciones juradas del sistema "SIRFT BAIRES", actualmente en desuso;

Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias pertinentes;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Modificar las fechas de vencimiento dispuestas en el Anexo V de la Resolución Normativa N° 42/13 para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso de los importes recaudados por parte de los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que actúen de conformidad con el régimen especial de retención sobre los créditos bancarios, regulado en la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04 y sus modificatorias, de acuerdo a lo siguiente:

 
Mes de vencimiento
Créditos Bancarios
Contribuyentes Directo (Actividad 26)
2° Q Marzo
Abril
10
2° Q Abril
Mayo
8
2° Q Mayo
Junio
5
2° Q Junio
Julio
4
2° Q Julio
Agosto
6
2° Q Agosto
Septiembre
4
2° Q Septiembre
Octubre
6
2° Q Octubre
Noviembre
6
2° Q Noviembre
Diciembre
4
2° Q Diciembre
Enero 2015
7

Artículo 2º: Derogar los artículos 241, 247 y 248, y los Anexos 51 y 52 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04 y modificatorias.

Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


RESOLUCION NORMATIVA N° 14/2014