Resolución Normativa Nº 042/13
LA PLATA, 27 DE DICIEMBRE DE 2013
VISTO:
El expediente N° 22700-32041/13, mediante el cual se propicia la aprobación
del calendario de vencimientos para el cumplimiento de los deberes formales
y materiales de los contribuyentes, agentes de recaudación y agentes
de información, correspondiente al ejercicio fiscal 2014; y
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de la proximidad de un nuevo ejercicio fiscal, resulta
necesario establecer las fechas de vencimientos que posibiliten a los
distintos sujetos obligados cumplir en término con sus obligaciones
fiscales, en el marco de los tributos respecto de los cuales esta Agencia
de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires resulta ser Autoridad
de Aplicación;
Que, en este sentido, el artículo 41 de la Disposición Normativa
Serie "B" N° 1/2004 y sus modificatorias dispone que, en
los últimos días de cada año, este organismo recaudador
debe publicar el Calendario Fiscal para el año inmediato siguiente;
Que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluidos
en el Régimen de Convenio Multilateral deberán cumplir con
sus obligaciones dentro de los plazos que, al efecto, establezca la Comisión
Arbitral, en su carácter de Organismo de Aplicación del
citado convenio;
Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de
Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación
y Coordinación, y sus dependencias pertinentes;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1º: Aprobar, como Anexos I a IV de la presente,
el calendario de vencimientos para el año 2014 correspondiente
a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos
y a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, respectivamente,
y para la presentación de la declaración jurada anual de
los períodos 2013 y 2014 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos,
a fin de permitir a los contribuyentes el cumplimiento en término
de dichas obligaciones fiscales.
Artículo 2º: Aprobar, como Anexo V de la presente,
el calendario de vencimientos para la presentación de las declaraciones
juradas y pago, correspondientes al ejercicio fiscal 2014, de los agentes
de recaudación de los tributos provinciales.
Artículo 3º: Aprobar, como Anexo VI de la presente,
el calendario de vencimientos para la presentación de las declaraciones
juradas del período 2014 que deben efectuar aquellos sujetos obligados
a cumplir con los regímenes de información dispuestos por
esta Autoridad de Aplicación, y para la presentación de
la declaración jurada anual del período 2013 prevista en
el artículo 6° de la Resolución Normativa N° 32/08
y modificatoria.
Artículo 4º: Establecer que las entidades civiles y
comerciales que faciliten lugar para el fondeo, amarre o guarda de embarcaciones
deportivas o de recreación, que deban presentar la declaración
jurada informativa anual prevista en el artículo 545 de la Disposición
Normativa Serie "B" Nº 1/04 y sus modificatorias, hasta
el vencimiento previsto en el Anexo VI de la presente, deberán
dar cumplimiento a dicha obligación a través de la aplicación
informática que estará disponible en la página web
de esta Agencia de Recaudación (www.arba.gov.ar),
ingresando su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)
y Clave de Identificación Tributaria (CIT) correspondientes.
Artículo5º: Registrar, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Anexos
I - II - IV - Impuestos Predeterminados
Anexo III
- IIBB
Anexo V -
Agentes de Recaudación
Anexo VI
- Agentes de Información
RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 42/13
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