Resolución Normativa Nº 040/13 LA PLATA, 12 DE DICIEMBRE DE 2013 VISTO: CONSIDERANDO: Que, en orden a ello, a fin de que los Escribanos Públicos puedan
cumplir con las obligaciones que les competen como Agentes de Recaudación
del Impuesto de Sellos, y en atención a la suspensión a
efectuarse, resulta conveniente extender la validez de los certificados
catastrales que se emitan durante el mes de diciembre del corriente año,
hasta el 31 de enero de 2014; Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección
Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva
de Planificación y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las
Leyes Nº 10707 y modificatorias y Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Establecer la suspensión en la expedición de los trámites derivados de la Ley N° 10707 y modificatorias, en el ámbito de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial y sus dependencias, a partir del 13 de diciembre de 2013 y hasta el 4 de enero de 2014. Esta suspensión no alcanzará a la recepción e ingreso de nuevos trámites. Artículo 2º: Extender, hasta el 31 de enero de 2014, la validez de los certificados catastrales que se hayan expedido con la valuación fiscal vigente durante el año 2013, a fin de que los Escribanos Públicos puedan cumplir con las obligaciones que les competen como Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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