Resolución Normativa Nº 032/13 LA PLATA, 27 de agosto de 2013.- VISTO: CONSIDERANDO: Que el vencimiento previsto para la presentación de la declaración
jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012, que alcanza a los
contribuyentes incluidos en el régimen de información establecido
por la Resolución Normativa N° 32/08 y modificatorias, se encuentra
regulado en el Anexo VI de la Resolución Normativa N° 57/12; Que mediante Resolución Normativa N° 6/13 esta Autoridad de
Aplicación prorrogó dicho vencimiento hasta el 15 de abril
de 2013 y, posteriormente, por Resolución Normativa N° 21/13,
hasta el 1° de julio de 2013; Que, de conformidad con lo establecido en la Resolución N°
26/13 del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires,
la presentación de la declaración jurada que deben efectuar
los contribuyentes alcanzados por el citado régimen de información,
resulta requisito para la procedencia de la bonificación por buen
cumplimiento del Impuesto Inmobiliario de la Planta Rural correspondiente
al año 2013; Que, atento a lo expuesto, y en pos de permitir el debido cumplimiento
del deber descripto, resulta razonable disponer una nueva prórroga
con relación al citado vencimiento; Que han tomado debida intervención la Subdirección Ejecutiva
de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de
Planificación y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Tener por presentada en término, hasta el 6 de septiembre de 2013, la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012 que deben efectuar los sujetos obligados a actuar como agentes de información de conformidad con el régimen dispuesto en la Resolución Normativa Nº 32/08 y modificatorias. Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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