Resolución Normativa Nº 067/12 LA PLATA, 28 DICIEMBRE DE 2012 VISTO: CONSIDERANDO: Que, conforme lo acordado en Reunión Plenaria del 18 de octubre
de 2012, la Comisión Arbitral (Convenio Multilateral 18/08/77)
dispuso un incremento de la alícuota de percepción aplicable
en el marco del citado régimen especial de percepción; Que, en virtud de lo señalado, corresponde modificar el artículo
401 de la Disposición Normativa Serie "B" 1/04 y sus
modificatorias, a fin de receptar el incremento alicuotario mencionado;
Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección
Ejecutiva de Recaudación y Catastro, así como la Subdirección
Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Sustituir el artículo 401 de la
Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04, por el
siguiente:
Artículo 2º: Registrar, comunicar a la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/08/77, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
|
||