Resolución Normativa Nº 065/12

LA PLATA,28 DE DICIEMBRE DE 2012

VISTO:
Que mediante el expediente N° 22700-25348/12 se propicia prorrogar la fecha de vencimiento establecida en el Anexo II de la Resolución Normativa N° 57/12 para el ingreso de la primera cuota y pago anual del Impuesto a los Automotores, exclusivamente en lo que se refiere a vehículos automotores, y

CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Normativa Nº 57/12, esta Agencia de Recaudación aprobó el calendario de vencimientos para el ejercicio fiscal 2013, estableciéndose en su Anexo II los vencimientos para el ingreso de las cuotas y pago anual del Impuesto a los Automotores, exclusivamente en lo que se refiere a vehículos automotores;

Que, por cuestiones de índole operativa, en esta oportunidad resulta necesario prorrogar el vencimiento previsto en el citado Anexo, para el ingreso de la primera cuota y para el pago anual del tributo referenciado;

Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias pertinentes;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Prorrogar el vencimiento previsto en el Anexo II de la Resolución Normativa Nº 57/12, para el ingreso de la primera cuota y pago anual del Impuesto a los Automotores, exclusivamente con relación a los vehículos automotores, de acuerdo a lo siguiente:

Número de terminación del dominio
Fecha de vencimiento
0-1
14 de enero de 2013
2-3
15 de enero de 2013
4-5
16 de enero de 2013
6-7
18 de enero de 2013
8-9
21 de enero de 2013

Artículo 2º: La prórroga dispuesta en el artículo anterior no alcanzará a los pagos que se efectúen a través de la modalidad de débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito, los cuales deberán realizarse dentro del plazo previsto en el Anexo II de la Resolución Normativa Nº 57/12.

Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 65/12