Resolución Normativa Nº 043/12 LA PLATA, 16 DE OCTUBRE DE 2012 VISTO: CONSIDERANDO: Que, por su parte, mediante la Resolución Normativa Nº 62/11
se aprobó el calendario de vencimientos para el ejercicio fiscal
2012, estableciéndose en su Anexo IV los vencimientos para el pago
de las cuotas del citado Impuesto; Que, por cuestiones de índole operativa, resulta necesario prorrogar
el vencimiento de la cuota II del tributo referenciado, exclusivamente
en lo que se refiere a las embarcaciones deportivas y de recreación
en él comprendidas; Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de
Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación
y Coordinación, y sus dependencias pertinentes; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Prorrogar, hasta el 14 de diciembre de 2012, el vencimiento previsto en el Anexo IV de la Resolución Normativa Nº 62/11, para el ingreso de la Cuota II del Impuesto a los Automotores, exclusivamente con relación a las embarcaciones deportivas y de recreación en él comprendidas, de conformidad con lo regulado en el Libro Segundo, Título III, Capítulo III del Código Fiscal (Ley Nº 10397, T.O. 2011 y modificatorias). Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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