Resolución Normativa Nº 005/12 LA PLATA, 31 DE ENERO DE 2012 VISTO: CONSIDERANDO: Que, en esta oportunidad, y a fin de garantizar una adecuada utilización
de los sistemas correspondientes por parte de las entidades obligadas,
se ha estimado conveniente prorrogar el plazo de entrada en vigencia del
procedimiento regulado en la Resolución Normativa Nº 63/11,
ya citada; Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de
Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación
y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1°: Establecer que el procedimiento regulado por la Resolución Normativa Nº 63/11, resultará de aplicación respecto de retenciones y percepciones provenientes de operaciones efectuadas a partir del 1º de abril de 2012, por los Bancos y Entidades Financieras comprendidos en dicha Resolución. Artículo 2°: Establecer que, con relación a las percepciones y retenciones provenientes de operaciones efectuadas hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive por los Bancos y Entidades Financieras comprendidos en la Resolución Normativa Nº 63/11, mantendrá su vigencia el procedimiento establecido en la Disposición Normativa Serie "B" Nº 20/05, sus modificatorias y complementarias. Artículo 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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