Resolución Normativa Nº 066/11 LA PLATA, 28 DE DICIEMBRE DE 2011 VISTO: CONSIDERANDO: Que la norma citada en el párrafo precedente, prevé la
utilización de diversos beneficios, entre ellos el otorgamiento
de descuentos adicionales para las modalidades de cancelación al
contado o en cuotas, sin que estos impliquen en ningún caso una
quita del importe del capital adeudado; Que de acuerdo con la previsión de la Ley N° 14333, Impositiva
para el año 2012, se extiende la autorización conferida
por el artículo 75 de la Ley N° 14044 hasta el 31 de diciembre
de 2012; Que la norma indicada en el párrafo anterior autoriza a esta Agencia
de Recaudación para disponer regímenes de regularización
de deudas fiscales de agentes de recaudación, provenientes de retenciones
y/o percepciones no efectuadas, contemplando el otorgamiento de beneficios
tales como la reducción de recargos y multas; Que la Resolución Normativa Nº 41/11 estableció un régimen de regularización de deudas para los contribuyentes de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa; Que, por su parte, la Resolución Normativa Nº 42/11 dispuso
un régimen de facilidades de pago para los contribuyentes de los
Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, con deuda sometida a
proceso de fiscalización, de determinación, o en discusión
administrativa, aún las que se encuentren firmes y hasta el inicio
de las acciones judiciales respectivas, cualquiera haya sido su fecha
de devengamiento, correspondientes al impuesto, sus anticipos, accesorios
y cualquier sanción por infracciones relacionadas con los conceptos
indicados; Que la Resolución Normativa N° 43/11 instituyó un régimen
de facilidades de pago para la regularización de deudas de los
contribuyentes, en instancia de ejecución judicial, provenientes
de los impuestos Inmobiliarios, a los Automotores, sobre los Ingresos
Brutos y de Sellos; Que asimismo, la Resolución Normativa Nº 44/11 instauró
un régimen de regularización de deudas destinado a aquellos
agentes de recaudación de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos
y de Sellos, con deuda por gravámenes que hayan omitido retener
y/o percibir, aún cuando se encuentren en proceso de determinación,
discusión administrativa o judicial, y en instancia de apremio; Que en esta oportunidad, razones de administración tributaria
llevan a estimar conveniente extender la vigencia de los respectivos regímenes; Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección
Ejecutiva de Recaudación y Catastro a través de la Gerencia
General de Cobranzas y la Subdirección Ejecutiva de Planificación
y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Extender, hasta el 29 de febrero de 2012, la vigencia de los Capítulos I a III, ambos inclusive, y del Anexo Único de la Resolución Normativa Nº 41/11. Artículo 2º: Extender, hasta el 29 de febrero de 2012, la vigencia de lo dispuesto en los artículos 1° al 14, ambos inclusive, y en el Anexo Único de la Resolución Normativa Nº 42/11. Artículo 3º: Extender, hasta el 29 de febrero de 2012, la vigencia de lo dispuesto en los artículos 1° al 16, ambos inclusive, y en el Anexo Único de la Resolución Normativa Nº 43/11. Artículo 4º: Extender, hasta el 29 de febrero de 2012, la vigencia de lo dispuesto en los artículos 1° al 20, ambos inclusive, y en el Anexo Único de la Resolución Normativa Nº 44/11. Artículo 5º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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