Resolución Normativa Nº 064/11 LA PLATA, 28 DE DICIEMBRE DE 2011 VISTO: CONSIDERANDO: Que en esta instancia se advierte la necesidad de reformular el primer
párrafo del artículo 13 de la citada Resolución,
a los fines de superar la imprecisión involuntaria producto de
su actual redacción, con el objeto de definir con mayor claridad
el alcance original de la misma, en orden a las modalidades de pago autorizadas; Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección
Ejecutiva de Recaudación y Catastro, a través de la Gerencia
General de Cobranzas y la Subdirección Ejecutiva de Planificación
y Coordinación y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Sustituir el primer párrafo del
artículo 13 de la Resolución Normativa N° 44/11, por
el siguiente:
Artículo 2º: La presente regirá desde el 1º de agosto de 2011. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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