Resolución Normativa Nº 056/11 LA PLATA,24 NOVIEMBRE DE 2011 VISTO: CONSIDERANDO: Que, atento las tareas de revalúo que a partir del último
mes del año en curso debe realizar la Gerencia General de Información
y Desarrollo Territorial, la Subdirección Ejecutiva de Recaudación
y Catastro informa a fojas 5 que la suspensión de los trámites
de expedición de certificados catastrales se llevará a cabo
entre el 16 de diciembre de 2011 y el 5 de enero de 2012; Que en orden a ello, a fin de que los Escribanos Públicos puedan
cumplir con las obligaciones que les competen como Agentes de Recaudación
del Impuesto de Sellos, y en atención a la suspensión a
efectuarse, resulta conveniente extender la validez de los certificados
catastrales que se emitan durante el mes de diciembre del corriente año,
hasta el 31 de enero de 2012; Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección
Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva
de Planificación y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las
Leyes Nº 10.707 y Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Establecer la suspensión en la expedición de los trámites derivados de la Ley N° 10.707 en el ámbito de la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial y sus dependencias, a partir del 16 de diciembre de 2011 y hasta el 5 de enero de 2012. Esta suspensión no alcanzará a la recepción e ingreso de nuevos trámites. Artículo 2º: Extender, hasta el 31 de enero de 2012, la validez de los certificados catastrales que se hayan expedido con la valuación fiscal vigente durante el año 2011, a fin de que los Escribanos Públicos puedan cumplir con las obligaciones que les competen como Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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