Resolución Normativa Nº 032/11
VISTO: CONSIDERANDO: Que, por su parte, la Resolución Normativa Nº 07/11 estableció
un régimen de facilidades de pago para regularizar deudas de los
contribuyentes, provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores,
sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, en instancia de ejecución
judicial; Que, asimismo, a través de la Resolución Normativa Nº
08/11 se implementó un régimen para la regularización
de deudas de los contribuyentes, provenientes de los Impuestos Inmobiliario,
a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren
en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización,
de determinación o de discusión administrativa; Que, por último, la Resolución Normativa Nº 09/11
instauró un régimen de regularización destinado a
los contribuyentes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos,
con deuda sometida a proceso de fiscalización, de determinación,
o en discusión administrativa, aún las que se encuentren
firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, cualquiera
haya sido su fecha de devengamiento, correspondientes al impuesto, sus
anticipos, accesorios y cualquier sanción por infracciones relacionadas
con los conceptos indicados; Que en esta oportunidad, razones de administración tributaria
llevan a estimar conveniente extender la vigencia de los regímenes
mencionados, con igual alcance, modo y condiciones a los establecidos
en las normas citadas; Que ha tomado la intervención que le compete la Subdirección
Ejecutiva de Planificación y Coordinación y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Extender, hasta el 31 de julio de 2011, la vigencia de los regímenes de regularización de deudas establecidos en las Resoluciones Normativas N° 06/11, Nº 07/11, Nº 08/11 y Nº 09/11. Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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