Resolución Normativa Nº 025/11
VISTO: CONSIDERANDO: Que a través del dictado de la Disposición Normativa Serie
"B" Nº 32/06 (texto ordenado por la Disposición
Normativa Serie "B" N° 54/06) y sus modificatorias, esta
Autoridad de Aplicación procedió a reglamentar la forma,
modo y condiciones en que la obli-gación señalada debía
cumplimentarse; Que, posteriormente, mediante el dictado de la Resolución Normativa
Nº 14/11, se introdujeron nuevas modificaciones en el texto de la
norma señalada en el párrafo anterior, a la vez que se procedió
a dictar un nuevo texto ordenado de la Disposición Normativa Serie
"B" N° 32/06 y sus modificatorias; Que, posteriormente, y en virtud de haber tomado conocimiento de la existencia
de dificultades de índole operativa, vinculadas con la necesaria
readecuación de los sistemas informáticos de los contribuyentes
alcanzados por la obligación, para la imple-mentación de
los nuevos deberes a su cargo, mediante la Resolución Normativa
Nº 20/11, se prorrogó hasta el 16 de mayo de 2011, la entrada
en vigencia de las modificaciones in-troducidas por los artículos
1º, 6º, 9º y 16 de la Resolución Normativa Nº
14/11; Que en esta oportunidad, la subsistencia de algunas de las problemáticas
oportunamente consideradas torna necesaria una nueva postergación,
en orden a posibilitar una adecuada implementación de las modificaciones
introducidas; Que han tomado intervención la Gerencia General de Fiscalizaciones
Masivas, así como la Subdirección Ejecutiva de Planificación
y Coordinación, y sus dependencias; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Establecer que la prórroga dispuesta por el artículo 2° de la Resolución Normativa Nº 20/11, se extenderá hasta el día 30 de junio de 2011, inclusive. Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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