Resolución Normativa Nº 011/11

LA PLATA, 04 DE MARZO DE 2011

VISTO:
Que mediante expediente N° 22700-1.429/11 se propicia prorrogar los plazos establecidos en el Anexo VI de la Resolución Normativa Nº 83/10 para el ingreso de las retenciones realizadas por los agentes sujetos al régimen especial de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias, regulado en la Parte Decimotercera, de la Sección Cinco, del Capítulo IV, del Título V, del Libro Primero de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04 y modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que la Parte Decimotercera, de la Sección Cinco, del Capítulo IV, del Título V, del Libro Primero de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04 y modificatorias, regula el régimen especial de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias;

Que, por su parte, mediante la Resolución Normativa Nº 83/10 se aprobó el calendario de vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y pago, correspondientes al ejercicio fiscal 2011, de los agentes de recauda-ción de los tributos provinciales;

Que los feriados decretados para los días lunes 7 y martes 8 del mes de marzo del corriente, con motivo de las festividades de Carnaval, generarían inconvenientes de tipo operativo a los sujetos obligados a actuar como agentes de conformidad con el régimen especial de retención indicado;

Que, según lo manifiesto ante esta Autoridad de Aplicación por diversos sectores interesados, ello se produciría a raíz de la falta de los día laborables necesarios para realizar las operaciones correspondientes, a fin de dar cumplimiento, en tiempo y forma, a los deberes y obligaciones a su cargo;

Que, por lo expuesto, en este momento resulta necesario dictar la norma reglamentaria pertinente a fin de prorrogar los plazos establecidos en el Anexo VI de la Resolución Normativa Nº 83/10 para el ingreso de las retenciones realizadas por los agentes sujetos al régimen especial de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos citado;

Que han tomado debida intervención la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, a través de la Gerencia General de Recaudación y la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Prorrogar, hasta el 11 de marzo de 2011, el vencimiento previsto en el Anexo VI de la Resolución Normativa Nº 83/10, para el ingreso de los importes recaudados entre los días 22 y 28, ambos inclusive, del mes de febrero de 2011, por los agentes sujetos al régimen especial de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias, regulado en la Parte Decimotercera, de la Sección Cinco, del Capítulo IV, del Título V, del Libro Primero de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04 y modificatorias (régimen 26).

Artículo 2º: Prorrogar, hasta el 14 de marzo de 2011, el vencimiento previsto en el Anexo VI de la Resolución Normativa Nº 83/10, para el ingreso de los importes recaudados entre los días 1º y 7, ambos inclusive, del mes de marzo de 2011, por los agentes sujetos al régimen especial de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre acreditaciones bancarias, regulado en la Parte Decimotercera, de la Sección Cinco, del Capítulo IV, del Título V, del Libro Primero de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04 y modificatorias (régimen 26).

Artículo 3º: La presente comenzará a regir a partir del día de su fecha.

Artículo 4º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 11/2011