Resolución Normativa Nº 089/10

LA PLATA, 30 DE DICIEMBRE DE 2010


VISTO
El expediente N° 2360-312.017/10 por el cual se propicia la modificación de la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA-, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Normativa N° 75/09 y sus modificatorias N° 95/09, N° 45/10 y Nº 70/10, se aprobó la estructura organizativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA-;

Que en dicho acto administrativo se determinaron las acciones que establecen el ámbito de competencia de, entre otras, la Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, juntamente con el de las unidades organizativas que forman parte de su desagregación estructural;

Que en atención a la planificación, programación, coordinación, gestión y control de las actividades desarrolladas para el cumplimiento de los objetivos, metas, y acciones asignadas a dicha dependencia, resulta oportuno y conveniente modificar, en su parte pertinente, el acto administrativo referenciado ut supra;

Que dicha modificación deviene de la necesidad de optimizar el funcionamiento y eficiencia de la dependencia aludida, procurando disponer de una estructura que responda a las necesidades del ámbito de su competencia;
Que a fin de centralizar los canales de contacto con los contribuyentes, se hace necesario transferir la Gerencia de Defensa del Contribuyente a la órbita de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano;

Que resulta pertinente, conforme a los cambios sustantivos en la asignación de acciones de los Departamentos de Supervisión, proceder al cambio de denominación de esas unidades estableciéndose el de Departamento de Coordinación de Servicios;

Que en orden a ello, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente que materialice lo expuesto;

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4° inciso e) de la Ley N° 13.766;

Por ello,


EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:


Artículo 1°: Modificar, en su parte pertinente, la estructura orgánico-funcional de la Gerencia General de Comunicación y Vínculos Interinstitucionales y de la Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos dependiente de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, que fuera aprobada por Resolución Normativa N° 75/09 y modificatorias, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1a, 1b, 2a y 2b, respectivamente, forman parte integrante del presente acto.

Artículo 2°: Transferir la Gerencia de Defensa del Contribuyente del ámbito de la Gerencia General de Comunicación y Vínculos Interinstitucionales a la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, juntamente con su desagregación estructural y acciones aprobadas por Resolución Normativa N° 75/09, créditos presupuestarios y plantas de personal pertinentes.

Artículo 3°:
Suprimir, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, Gerencia de Servicios de Atención Presencial, Subgerencia de Coordinación Regional (I a XIII), las unidades que fueran aprobadas por Resolución Normativa N° 75/09, que a continuación se consignan:
­ Departamento Supervisión de Servicios (I a XXIV): Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Florencio Varela; Berazategui; Lanús; Quilmes; Almirante Brown; E. Echeverría; La Plata; Morón; Merlo; Tres de Febrero; San Miguel; Pilar; San Martín; San Isidro; Tigre; San Fernando; Bolívar; Pergamino; San Nicolás; Saladillo; Necochea; Tandil; Tres Arroyos;

Artículo 4°: Aprobar e incorporar, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, Gerencia de Servicios de Atención Presencial, Subgerencia de Coordinación Regional (I a XIII), las siguientes dependencias:

­ Departamento de Coordinación de Atención Presencial (I a XXVIII): Ciudad Autónoma de BS. AS; Avellaneda; Quilmes; Lanús; La Matanza; Almirante Brown; La Plata; La Plata Interior; Morón; Tres de Febrero; San Martín; San Isidro; Tigre; Azul; Bolívar; Pergamino; San Nicolás; Mercedes; Saladillo; Trenque Lauquen; Pehuajó; Dolores; Pinamar; Mar del Plata; Necochea; Tandil; Bahía Blanca; Tres Arroyos;

Artículo 5°: Aprobar e incorporar, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos, Gerencia de Servicios de Atención Presencial, Subgerencia de Coordinación Regional (I a XIII), Departamento de Coordinación de Atención Presencial (I a XXVIII), los Centros de Servicios Locales que a continuación de consignan, juntamente con su categorización respectiva:

­ González Catán - Categoría C

­ Ramos Mejía - Categoría C

Establecer que aquellos agentes que se desempeñen como Responsables de los Centros de Servicios Locales aludidos ut supra quedan comprendidos en las previsiones del artículo 4° de la Resolución Normativa N° 75/09.

Artículo 6°: Modificar el Anexo 3 de la Resolución Normativa N° 75/09, por el Anexo 3 que forma parte integrante del presente, en orden a lo dispuesto en los artículos 3 a 5.

Artículo 7°: Determinar, para las unidades organizativas aprobadas en el artículo 4°, los siguientes cargos: UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Ciudad Autónoma de BS. AS; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Avellaneda; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Quilmes; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Lanús; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial La Matanza; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Almirante Brown; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial La Plata; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial La Plata Interior; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Morón; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Tres de Febrero; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial San Martín; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial San Isidro; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Tigre; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Azul; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Bolívar; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Pergamino; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial San Nicolás; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Mercedes; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Saladillo; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Trenque Lauquen; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Pehuajó; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Dolores; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Pinamar; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Mar del Plata; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Necochea; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Tandil; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Bahía Blanca; UN (1) cargo de Jefe de Departamento de Coordinación de Atención Presencial Tres Arroyos; todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial (Ley N° 10430 -T.O. por Decreto Nº 1869/96 y Decreto Reglamentario Nº 4161/96-).

Artículo 8°: Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las unidades orgánicas que se aprueban en el presente acto administrativo.

Artículo 9°: Modificar el artículo 5° de la Resolución Normativa N° 077/09, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 5°. Delegar en el ámbito de la Gerencia General de Servicios Presenciales y Remotos -en los Departamentos de Coordinación de Atención Presencial (I a XXVIII)-, la facultad de resolver, acordando o denegando, las solicitudes de exención de los tributos provinciales, su modificación o revocación, y de registrar las condonaciones de los tributos provinciales, dictando los actos administrativos pertinentes, en todo el ámbito de actuación de esta Agencia de Recaudación, sin perjuicio de su asiento territorial".

Artículo 10°:La presente empezará a regir a partir del día 1° de febrero de 2011.

Artículo 11°: Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


Ver Anexo 1a y 1b
Ver Anexo 2a
Ver Anexo 2b
Ver Anexo 3


RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 89