Resolución Normativa Nº 080/10
LA PLATA, 4 DE NOVIEMBRE DE 2010
VISTO
Que mediante Expediente 2360-301393/10 se propicia establecer la forma
y condiciones de pago para hacer efectiva la aplicación del artículo
281 del Código Fiscal -Ley N° 10397 (T.O. 2004 y modificatorias),
y
CONSIDERANDO:
Que el citado artículo establece que en caso de contratos para
la realización de obras, prestaciones de servicios o suministros,
incluidas las concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa,
cuyo plazo de duración sea superior o igual a treinta (30) meses
y que den lugar a un impuesto que exceda al importe que determina la Ley
Impositiva, el gravamen correspondiente se podrá abonar hasta en
diez (10) cuotas semestrales iguales y consecutivas, no pudiendo superar
el plazo de ejecución del contrato;
Que las referidas cuotas devengarán un interés equivalente
al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones
de descuento a treinta (30) días;
Que la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación
a través de la Gerencia General de Planificación ha emitido
un informe de las aludidas tasas de interés calculadas en función
de lo establecido por la norma de referencia;
Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de las
mencionadas tasas de interés;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley N° 13766 y artículo 281 del Código Fiscal Ley N°10.397
(T.O. 2004 y modificatorias);
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Establecer para el mes de diciembre de
2010, en el uno con cero cero cincuenta y dos por ciento (1,0052 %) mensual,
la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes
a los contratos a que se refiere el Artículo 281 del Código
Fiscal Ley N°10.397(T.O. 2004 y modificatorias).
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 80/2010
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