Resolución Normativa Nº 052/10 LA PLATA, 28 DE JULIO DE 2010 VISTO: CONSIDERANDO: Que por otra parte, la Resolución Normativa Nº 25/10 dispuso
un régimen de facilidades de pago para la regularización
de deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes
de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los
Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, cuya vigencia ha sido
prorrogada hasta el 31 de julio de 2010 por Resolución Normativa
N° 41/10; Que asimismo mediante la Resolución Normativa Nº 40/10 se
estableció hasta el 31 de julio de 2010, un régimen de regularización
de deudas para los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario, a los
Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren
en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización,
de determinación o de discusión administrativa; Que la Resolución Normativa Nº 35/10, instrumentó
hasta el 31 de julio de 2010, un régimen de regularización
para los contribuyentes de los impuestos sobre los Ingresos Brutos y de
Sellos, para aquellos contribuyentes que efectúen el acogimiento
con posterioridad a los sesenta (60) días corridos contados desde
el día siguiente al de la publicación de la resolución
determinativa en la página web de esta autoridad de Aplicación,
y hasta el inicio de las acciones judiciales (Etapa III); Que finalmente, la Resolución Normativa N° 43/10, ha hecho
lo propio en relación a los acogimientos realizados desde que exista
una liquidación de diferencias efectuada por el agente fiscalizador
y hasta los sesenta (60) días corridos contados desde el día
siguiente al de la publicación de la resolución determinativa
en la página web de esta Agencia (Etapas I y II); Que en esta oportunidad, razones de administración tributaria
llevan a estimar conveniente extender la vigencia de estos regímenes,
con igual alcance, modo y condiciones a los establecidos en las normas
citadas; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Extender, hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia del régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas en instancia de ejecución judicial, provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, establecido en la Resolución Normativa Nº 24/10 y su prórroga N° 39/10. Artículo 2º: Extender, hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia del régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas correspondientes a los agentes de recaudación, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, en relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, establecido en la Resolución Normativa Nº 25/10 y su prórroga N° 41/10. Artículo 3º: Extender, hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia del régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas correspondientes a los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, establecido en la Resolución Normativa Nº 40/10. Artículo 4º: Extender, hasta el 31 de agosto de 2010, la vigencia del régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas correspondientes a los contribuyentes de los impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, con deuda sometida a proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aún las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecido en las Resoluciones Normativas Nº 35/10 y 43/10. Artículo 5º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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