Resolución Normativa Nº 032/10 LA PLATA, 27 de abril 2010. VISTO: CONSIDERANDO: Que la mencionada Resolución determina la tasa de interés
en dos por ciento (2%) mensual para los casos de falta de pago de obligaciones
fiscales de contribuyentes y responsables provenientes de los impuestos
Inmobiliario, a los Automotores, a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación
y a la Venta de Energía Eléctrica (artículo 72 bis
de la Ley N° 11.769), y en tres por ciento (3%) mensual en los casos
de falta de pago de obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables
provenientes de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, de Sellos y Tasas
Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales; Que la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación
a través de la Gerencia General de Planificación, Departamento
de Estadísticas Tributarias, elaboró los "índices
de Liquidación" correspondientes a los meses de junio, julio
y agosto de 2010; Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de
los mencionados "índices de Liquidación"; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley N° 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Aprobar los índices de liquidación para los meses de junio, julio y agosto de 2010, aplicables en virtud de lo dispuesto por el artículo 86 del Código Fiscal - Ley N° 10397 (TO 2004 y modificatorias), de conformidad con la tasa de interés fijada por la Resolución N° 271/08 del Ministerio de Economía. Artículo 2º: La Gerencia General de Planificación comunicará fehacientemente los índices de liquidación aprobados en el marco del artículo 1° de la presente a la Gerencia General de Tecnologías de la Información para su puesta en operatividad en el sistema. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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autodeterminados julio 2010 con tope Ver Indices
autodeterminados junio 2010 con tope
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