Resolución Normativa Nº 022/10

LA PLATA, 17 de marzo de 2010.

VISTO:
Que mediante expediente N° 2360-237.909/10 se propicia la modificación del Anexo III de la Resolución Normativa N° 85/09, y

CONSIDERANDO:
Que en virtud del inicio de un nuevo ejercicio fiscal, esta Autoridad de Aplicación estableció, mediante la Resolución Normativa N° 85/09, los anticipos y plazos dentro de los cuales los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deben dar cumplimiento a sus obligaciones;

Que en este momento, razones de tipo operativo vinculadas con la administración del Impuesto referenciado tornan necesario disponer lo pertinente a fin de modificar los plazos establecidos en el Anexo III de la Resolución Normativa N° 85/09, con relación a los vencimientos previstos para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2009 y para la obligación de pago del anticipo correspondiente al mes de marzo de 2010, que alcanzan a los contribuyentes incluidos en el régimen de liquidación de anticipos establecido por la Resolución Normativa N° 111/08 (texto ordenado por la Resolución Normativa Nº 62/09) y sus modificatorias;

Que asimismo, resulta oportuna la instancia para determinar fehacientemente la situación fiscal de aquellos contribuyentes que fueran excluidos durante el período fiscal 2009 del régimen de anticipos preliquidados, a través de medidas judiciales de carácter cautelar;

Que han tomado debida intervención la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, a través de la Gerencia General de Recaudación y la Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Recaudación y la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°: Modificar el calendario de vencimientos previsto en el Anexo III de la Resolución Normativa Nº 85/09, exclusivamente para los contribuyentes comprendidos en el régimen dispuesto en la Resolución Normativa Nº 111/08 (texto ordenado por la Resolución Normativa Nº 62/09) y modificatorias, estableciendo que deberán efectivizar el pago del anticipo correspondiente al mes de marzo de 2010, de acuerdo con las fechas que se establecen a continuación:

Contribuyente con número de CUIT dígito verificador terminado en
Vencimiento
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9
19-04-2010
20-04-2010
21-04-2010
22-04-2010
23-04-2010

Artículo 2º: Modificar el calendario de vencimientos previsto en el Anexo III de la Resolución Normativa Nº 85/09, exclusivamente para los contribuyentes comprendidos en el régimen dispuesto en la Resolución Normativa Nº 111/08 (texto ordenado por la Resolución Normativa Nº 62/09) y modificatorias, estableciendo que deberán presentar la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al ejercicio fiscal 2009, de acuerdo con las fechas que se establecen a continuación:

Contribuyente con número de CUIT dígito verificador terminado en
Vencimiento
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
5-04-2010
6-04-2010
7-04-2010
8-04-2010
9-04-2010
12-04-2010
13-04-2010
14-04-2010
15-04-2010
16-04-2010

Artículo 3°: Establecer que aquellos contribuyentes que fueran momentáneamente excluidos del régimen dispuesto en la Resolución Normativa Nº 111/08 (texto ordenado por la Resolución Normativa Nº 62/09) y modificatorias, por medidas judiciales de carácter cautelar, deberán presentar la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al ejercicio fiscal 2009, de acuerdo a los vencimientos originales previstos por la Resolución Normativa Nº 85/09.

Artículo 4°: La presente comenzará a regir a partir del día de su fecha.

Artículo 5°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 22/2010