Resolución Normativa Nº 085/09

LA PLATA,

VISTO:
El expediente N° 2360-196904/2009 mediante el cual se propicia aprobar el calendario de vencimientos para el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y agentes de recaudación para el ejercicio fiscal 2010, y

CONSIDERANDO:
Que con el objeto de facilitar el cumplimiento oportuno de los deberes formales y materiales de los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación; como así también con las obligaciones vinculadas a los regímenes de recaudación, resulta necesario poner en conocimiento de los contribuyentes y agentes de recaudación las fechas de los respectivos vencimientos;

Que por su parte, se incluye en el calendario fiscal 2010 la modificación introducida por Resolución Normativa 133/08, por la cual se unificó la frecuencia y los plazos en que los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deben dar cumplimiento a sus obligaciones, inclusive respecto de quienes han sido incluidos en el sistema de liquidación de anticipos por parte de la Agencia de Recaudación;

Que ha tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, a través de la Gerencia General de Técnica Tributaria y Catastral y la Gerencia de Normas;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar como Anexos I a IV de la presente, el calendario de vencimientos correspondiente a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, respectivamente, y de la presentación de la declaración jurada anual del período 2009 en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a fin de permitir a los contribuyentes de dichos tributos el cumplimiento en término de las obligaciones fiscales correspondientes al año 2010.

Artículo 2°: Aprobar como Anexos V a VI de la presente, el calendario de vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y pago, correspondientes al ejercicio fiscal 2010, de los agentes de recaudación de los tributos provinciales.


Artículo 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


Ver Anexos I, II y IV
      Anexo III
      Anexo V
      Anexo VI


RESOLUCION NORMATIVA N° 85/2009