Resolución Normativa Nº 082/09 LA PLATA, 30 de Noviembre de 2009 VISTO: CONSIDERANDO: Que en virtud de lo estipulado en el artículo 2° inc. 2°
de dicha Resolución, pueden regularizarse por medio del régimen
allí previsto: las deudas provenientes de planes de pago en los
que se hubiere regularizado deuda en juicio de apremio, siempre que la
caducidad del plan se hubiese producido al 31 de diciembre de 2008; Que en esta oportunidad resulta necesario establecer las modalidades
de pago en el caso del régimen referido en el párrafo anterior; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1°: Establecer, desde el 1º de noviembre
y hasta el 31 de diciembre de 2009, en relación a los planes de
regularización de deuda en juicio de apremio, devenidos caducos
al 31 de diciembre de 2008, y calculados de conformidad a lo establecido
en el último párrafo del artículo 14 de la Resolución
Normativa N° 71/09, las siguientes modalidades de pago: 1.1.- Al contado: sin bonificación adicional alguna. 1.2.- En cuotas: con un anticipo del cinco por ciento (5%) de la deuda
y el saldo:
Artículo 2°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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