Resolución Normativa Nº 081/09 LA PLATA, 30 de noviembre de 2009. VISTO: CONSIDERANDO: Que el artículo 1º de la reglamentación a la que se
hace referencia en el párrafo anterior dispone la entrada en vigencia
del régimen en cuestión a partir del 1º de mayo de
2009; Que, sin perjuicio de ello, a fin de superar las dificultades operativas
que fueron informadas a este ente recaudador por los agentes alcanzados
por el nuevo régimen de recaudación, mediante las Resoluciones
Normativas Nº 28/09, 44/09 y 61/09 esta Autoridad de Aplicación
consideró prudente extender el plazo para la entrada en vigencia
del régimen indicado hasta el día 1º de diciembre de
2009; Que, es propósito de este organismo llevar a cabo su labor recaudatoria
evitando generar cargas administrativas inadecuadas a las entidades involucradas,
que pueden atentar contra el correcto funcionamiento del sistema; Que por lo expuesto, en esta oportunidad se considera conveniente prorrogar
nuevamente la entrada en vigencia del régimen referenciado, con
el objeto de continuar con la consideración y el análisis
de las dificultades elevadas a conocimiento de la Agencia por los distintos
actores que participan en la implementación de la operatoria, a
fin de redefinir un esquema eficiente a la luz de las responsabilidades
de gestión de los sujetos involucrados en el mencionado régimen; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Prorrogar hasta el día 1° de febrero de 2010, la entrada en vigencia del Régimen de Retención sobre Cheques, reglamentado por el Capítulo II de la Resolución Normativa Nº 14/09. Artículo 2º: La presente comenzará a regir a partir del 1° de diciembre de 2009, inclusive. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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