Resolución Normativa Nº 061/09 LA PLATA, 31 de agosto de 2009. VISTO: CONSIDERANDO: Que el artículo 1º de la reglamentación a la que se
hace referencia en el párrafo anterior dispone la entrada en vigencia
del régimen en cuestión a partir del 1º de mayo de
2009; Que, sin perjuicio de ello, a fin de superar las dificultades operativas
que fueron informadas a este organismo recaudador por los agentes alcanzados
por el nuevo régimen de recaudación, mediante las Resoluciones
Normativas Nº 28/09 y 44/09 esta Autoridad de Aplicación consideró
prudente extender el plazo para la entrada en vigencia del régimen
indicado hasta el día 1º de septiembre de 2009; Que, es propósito de esta Autoridad de Aplicación llevar
a cabo su labor recaudatoria evitando generar cargas administrativas inadecuadas
a las entidades involucradas, que pueden atentar contra el correcto funcionamiento
del sistema; Que, por lo expuesto, en esta oportunidad se considera conveniente prorrogar
la entrada en vigencia del régimen referenciado, con el objeto
de considerar y analizar nuevamente las dificultades elevadas al organismo
por los distintos actores que participan en la implementación de
la operatoria, a fin de redefinir un esquema eficiente a la luz de las
responsabi-lidades de gestión de los sujetos involucrados en el
mencionado régimen; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1°: Prorrogar hasta el día 1° de diciembre de 2009, la entrada en vigencia del Régimen de Retención sobre Cheques, reglamentado por el Capítulo II de la Resolución Normativa Nº 14/09. Artículo 2°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
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