Resolución Normativa Nº 041/09 LA PLATA, 29 de junio de 2009. VISTO: CONSIDERANDO: Que, asimismo, la Ley Nº 13930 introdujo diversas modificaciones
en el Código Fiscal (Ley Nº 10397, T.O. 2004 y modificatorias),
en virtud de las cuales se estableció que en determinados actos,
contratos y operaciones referidos a bienes inmuebles, la base imponible
para el pago del Impuesto de Sellos podrá estar constituida por
el valor inmobiliario de referencia de los mismos, en tanto resulte mayor
a la valuación fiscal o precio convenido por las partes; Que mediante la Resolución Normativa Nº 36/09 esta Autoridad
de Aplicación reglamentó el citado valor, disponiendo su
entrada en vigencia a partir del 1º de junio de 2009 y estableciendo
que el mismo deberá tomarse como base imponible para el pago del
Impuesto de Sellos, en los supuestos en los que corresponda, con relación
a los actos, contratos y operaciones referentes a inmuebles ubicados en
el territorio de la provincia de Buenos Aires, instrumentados a partir
del 1º de julio de 2009; Que, habiéndose detectado que cuestiones de índole operativa,
impidieron la debida publicación en tiempo y forma de la citada
reglamentación en el Boletín Oficial, resulta razonable
prorrogar la fecha a partir de la cual se pondrá en vigencia el
valor inmobiliario de referencia, así como aquella a partir de
la cual se deberá tomar en consideración el mismo, de corresponder,
como base imponible para el pago del citado tributo; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Sustituir el artículo 2º
de la Resolución Normativa Nº 36/09, por el siguiente:
Artículo 2º: Sustituir el artículo 13 de la Resolución Normativa Nº 36/09, por el siguiente:
Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
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