Resolución Normativa Nº 040/09 LA PLATA, 4 de junio de 2009. VISTO: CONSIDERANDO: Que por cuestiones netamente operativas, resulta pertinente extender
los plazos establecidos oportunamente, en relación a los vencimientos
de la cuota 02/2009 correspondiente al Impuesto Inmobiliario planta urbana
edificado y la cuota 03/2009 correspondiente al Impuesto Inmobiliario
planta urbana baldío, a fin de facilitar a los contribuyentes,
el cumplimiento en tiempo y forma de tales obligaciones fiscales; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Prorrogar el vencimiento de la cuota 02/2009 correspondiente al Impuesto Inmobiliario planta urbana edificado, determinado en el Anexo I de la Resolución Normativa N° 133/08, al día 22 de junio de 2009. Artículo 2º: Prorrogar el vencimiento de la cuota 03/2009 correspondiente al Impuesto Inmobiliario planta urbana baldío, determinado en el Anexo I de la Resolución Normativa N° 133/08, al día 22 de junio de 2009. Artículo 3º: Para aquellos contribuyentes que se encuentren adheridos al régimen de cancelación por Debito Automático en Cuenta Corriente o Tarjeta de Crédito, el plazo para manifestar la voluntad de pago del saldo anual correspondiente al ejercicio fiscal 2009 será hasta el día 11 de junio de 2009.- Artículo 4º: La presente comenzará a regir desde el día de su fecha. Artículo 5º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
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