Resolución Normativa Nº 034/09 LA PLATA, 30 de abril de 2009. VISTO: CONSIDERANDO: Que el artículo 1º de la citada reglamentación dispone
la entrada en vigencia del régimen en cuestión a partir
del 1º de mayo de 2009; Que, sin embargo, distintas problemáticas operativas informadas
por los agentes alcanzados por la norma, tornan necesario postergar la
entrada en vigencia del régimen referenciado, en pos de evaluar
y superar las mismas, con el objeto de propender a su adecuada implementación; Que, en consonancia con lo aquí dispuesto, corresponde adecuar
lo establecido en el artículo 40 de la Resolución Normativa
Nº 14/09 con relación a la fecha hasta la cual deberá
presentarse la primera de las declaraciones juradas que deben efectuar
los sujetos obligados; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Prorrogar hasta el día 1º de junio de 2009, la entrada en vigencia del Régimen de información para compra y venta e intermediación en la compra y venta de billetes y divisas extranjeras, reglamentado por el Capítulo VI de la Resolución Normativa Nº 14/09. Artículo 2º: Sustituir el segundo párrafo del
artículo 40 de la Resolución Normativa Nº 14/09, por
el siguiente:
Artículo 3º: La presente comenzará a regir
desde el día de su fecha. Artículo 4º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
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