Resolución Normativa Nº 027/09

LA PLATA, 23 DE ABRIL DE 2009

VISTO:
La Resolución Normativa Nº 133/08, y

CONSIDERANDO:
Que la Resolución indicada aprueba el calendario de vencimientos para el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2009 de los contribuyentes de los tributos respecto de los cuales esta Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación;

Que el Anexo II de la mencionada Resolución Normativa establece los vencimientos correspondientes al Impuesto a los Automotores;

Que dicho Anexo dispone que el vencimiento para el pago de la cuota primera del Impuesto a los Automotores, mediante la modalidad de débito automático en cuentas bancarias, opera el 9 de enero de 2009;

Que por razones operativas no se realizaron debidamente las operaciones necesarias entre el Banco de la Provincia de Buenos Aires y la tarjeta de crédito Cabal para efectuar oportunamente el pago correspondiente a la cuota primera del citado Impuesto;

Que por lo expuesto se estima pertinente disponer lo necesario a fin de considerar abonada en término la cuota primera del Impuesto a los Automotores, a los contribuyentes detallados en el Anexo I, cuando el pago de las mismas se hubiere realizado mediante la modalidad de débito en tarjeta de crédito Cabal;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Considerar abonadas en término la cuota primera del corriente año, del Impuesto a los Automotores, en relación a los contribuyentes que se detallan en el Anexo I, cuando el pago de las mismas se hubiere efectuado mediante la modalidad de débito en tarjeta de crédito Cabal, el día 11 de Mayo de 2009.

Artículo 2º: La presente comenzará a regir desde el día de su fecha.

Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


Ver Anexo