Resolución Normativa Nº 020/09 LA PLATA, 01 de abril del 2009. VISTO: CONSIDERANDO: Que por artículo 8° del referenciado acto administrativo,
se estableció que las áreas y dependencias previstas en
dicha resolución, deberían remitir a la Subdirección
Ejecutiva de Gestión Administrativa, en un plazo de veinte (20)
días, el proyecto de aprobación de las Acciones que establezcan
el ámbito de competencia de las mismas, como así también,
en caso de corresponder, la adecuación de las delegaciones de facultades
de contenido tributario y catastral, y la determinación del ámbito
territorial de los Centros de Servicios Locales; Que en razón de lo expuesto, resulta oportuno y conveniente, en
esta instancia, aprobar las acciones que establecen el ámbito de
competencia de las unidades organizativas aprobadas por Resolución
Normativa N° 11/09; Que asimismo, por Resolución Normativa N° 18/09 se determinó
el lugar de asiento territorial de los Centros de Servicios Locales (CLXXVII)
que fueron aprobados por Resolución Normativa N° 11/09; Que en esta instancia, y en virtud de la modificación de la estructura
organizativa referenciada precedentemente, deviene necesario readecuar
la categorización de los Centros de Servicios Locales que fuera
dispuesta por Resolución Normativa N° 109/08; Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley N° 13766; EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1°: Aprobar las acciones que establecen el ámbito de competencia de las unidades organizativas que fueran aprobadas por Resolución Normativa N° 11/09 y que a continuación se consignan:
Artículo 2°: Dejar establecido que la Gerencia General de Responsabilidad Profesional es el órgano de aplicación del procedimiento disciplinario sancionatorio, en los términos previstos por el artículo 4° inciso q) de la Ley N° 13766 y la Ley N° 10430 (TO por Decreto N° 1869/96 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96), y sus modificatorios. Artículo 3°: Determinar, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano, Gerencia General de Servicios a Individuos, Gerencia de Servicios de Atención Presencial, Subgerencia de Coordinación Regional (I a XIII), Departamento Supervisión de Servicios (I a XXII), para los Centros de Servicios Locales, que fueran aprobados por Resolución Normativa N° 11/09 y su ampliatoria N° 18/09 las categorías: A, B y C, de acuerdo a la cantidad de habitantes por localidad, a saber: - Categoría A: más de 85.000 habitantes Artículo 4°: Aprobar como Anexo 11 y parte integrante de la presente Resolución, el Listado de Centros de Servicios Locales con la categoría asignada, conforme los parámetros determinados en el artículo precedente. Artículo 5°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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