Resolución Normativa Nº 016/09 LA PLATA, 31 de marzo de 2009.- VISTO: CONSIDERANDO: Que, en su Anexo I, dicha Resolución establece los vencimientos
correspondientes al Impuesto Inmobiliario; Que la situación de emergencia que atraviesa la provincia de Buenos
Aires, como consecuencia de la crisis de los mercados internacionales,
hicieron necesaria la toma de medidas por parte del fisco tendientes a
considerar la particular circunstancia que afecta al sector; Que en ese sentido, mediante Resolución Normativa Nº 10/09,
esta Autoridad de Aplicación prorrogó hasta el 31 de marzo
del corriente, los vencimientos correspondientes al pago de la primera
cuota del Impuesto Inmobiliario Rural; Que en esta oportunidad y en razón de las consideraciones señaladas,
se estima conveniente prorrogar nuevamente los vencimientos correspondientes
al pago de la cuota uno del Impuesto Inmobiliario Rural, cualquiera sea
el número de partida de los inmuebles; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Prorrogar, hasta el 15 de abril de 2009, los vencimientos previstos en el Anexo I de la Resolución Normativa Nº 133/08, para el pago de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario Rural, cualquiera sea el número de partida correspondiente a los inmuebles. Artículo 2º: La presente comenzará a regir
desde el día de su fecha. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
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