Resolución Normativa Nº 010/09

LA PLATA, 12 de marzo de 2009.

VISTO:
La Resolución Normativa Nº 133/08, y

CONSIDERANDO:
Que la Resolución citada aprobó el calendario de vencimientos para el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2009 de los contribuyentes de los tributos respecto de los cuales esta Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación;

Que en su Anexo I dicha Resolución establece los vencimientos correspondientes al Impuesto Inmobiliario;

Que la situación de emergencia provocada por la magnitud de los problemas de origen climático que afectaron a nuestra región en los últimos meses, además de la situación económico financiera que se encuentra atravesando la Provincia como consecuencia de la crisis de los mercados internacionales, justifican la toma de medidas concretas por parte del fisco orientadas a brindar soluciones al sector;

Que por las consideraciones expuestas, se estima conveniente prorrogar los vencimientos correspondientes al pago de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario Rural, cualquiera sea el número de partida correspondiente a los inmuebles;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Prorrogar, hasta el 31 de marzo de 2009, los vencimientos previstos en el Anexo I de la Resolución Normativa Nº 133/08, para el pago de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario Rural, cualquiera sea el número de partida correspondiente a los inmuebles.

Artículo 2º: La presente comenzará a regir desde el día de su fecha.

Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.