Resolución Normativa Nº 010/09 LA PLATA, 12 de marzo de 2009. VISTO: CONSIDERANDO: Que en su Anexo I dicha Resolución establece los vencimientos
correspondientes al Impuesto Inmobiliario; Que la situación de emergencia provocada por la magnitud de los
problemas de origen climático que afectaron a nuestra región
en los últimos meses, además de la situación económico
financiera que se encuentra atravesando la Provincia como consecuencia
de la crisis de los mercados internacionales, justifican la toma de medidas
concretas por parte del fisco orientadas a brindar soluciones al sector; Que por las consideraciones expuestas, se estima conveniente prorrogar
los vencimientos correspondientes al pago de la primera cuota del Impuesto
Inmobiliario Rural, cualquiera sea el número de partida correspondiente
a los inmuebles; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Prorrogar, hasta el 31 de marzo de 2009, los vencimientos previstos en el Anexo I de la Resolución Normativa Nº 133/08, para el pago de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario Rural, cualquiera sea el número de partida correspondiente a los inmuebles. Artículo 2º: La presente comenzará a regir
desde el día de su fecha. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
||