Resolución Normativa Nº 009/09 LA PLATA, 05 DE MARZO DE 2009.- VISTO: CONSIDERANDO: Que el artículo 6 de la mencionada Resolución (texto según
Resolución Normativa Nº 130/08), establece que la declaración
jurada anual a presentar para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas
en la misma, deberá comprender la información referente
al año calendario inmediato anterior y ser efectuada hasta el día
15 de marzo de cada año; Que la Resolución Normativa Nº 135/08, en su Anexo I, receptó
el plazo indicado en el párrafo anterior, estableciendo que la
declaración jurada a efectuarse durante el año 2009, conteniendo
la información correspondiente al año calendario inmediato
anterior, deberá ser presentada hasta el 15 de marzo; Que en este momento resulta necesario, por cuestiones de índole
operativa, modificar el vencimiento indicado en el párrafo anterior; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Prorrogar hasta el 15 de abril del corriente, el vencimiento previsto en el artículo 6 de la Resolución Normativa Nº 32/08 (texto según Resolución Normativa Nº 130/08) y en el Anexo I de la Resolución Normativa Nº 135/08, para la presentación de la declaración jurada a efectuarse durante el año 2009, conteniendo la información correspondiente al año 2008. Artículo 2º: La presente comenzará a regir
desde el día de su fecha. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
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