Resolución Normativa Nº 116/08 LA PLATA, 28 de noviembre de 2008.- VISTO: CONSIDERANDO: Que asimismo, por Resolución Normativa N° 37/08 se desagregó
la estructura organizativa de dicha dependencia, aprobando, entre otros
órganos, la Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales; Que la Gerencia referenciada, es competente en el análisis, estudio,
evaluación, planificación e implementación de las
distintas acciones que permitan una eficiente administración del
catastro territorial; Que a esos fines, resulta oportuno y conveniente aprobar e incorporar
un cargo que se aboque a la coordinación de las acciones vinculadas
con la gestión de las distintas actuaciones catastrales, juntamente
con la Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales, los
Centros de Servicios Locales distribuidos en todo el territorio de la
provincia de Buenos Aires, y el Registro de la Propiedad dependiente del
Ministerio de Economía; Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley N° 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1°: Aprobar e incorporar, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de la Relación con el Ciudadano -Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales-, el cargo de Coordinador de Actuaciones Catastrales, con rango y remuneración de Subdirector, conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial (Ley N° 10.430 - T.O. Decreto Nº 1869/96, Decreto Reglamentario Nº 4161/96). Artículo 2°: Determinar, que el Coordinador de Actuaciones
Catastrales, será competente para el desempeño de las siguientes
acciones: 1. Coordinar, juntamente con la Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios
Catastrales y el Registro de la Propiedad de la provincia de Buenos Aires,
el ingreso y egreso de la documentación catastral, como así
también la remisión de la misma a todas aquellas áreas
y dependencias de la Agencia que deban intervenir en virtud del ámbito
de su competencia. 2. Coordinar, juntamente Centros de Servicios Locales, la remisión
de los tramites catastrales iniciados en dichas dependencias, para su
posterior gestión y finalización, a través de las
distintas áreas con competencia e injerencia en la materia. 3. Realizar el seguimiento pormenorizado de los distintos trámites
catastrales iniciados, controlando el tiempo y forma determinados para
los mismos e informando a las áreas respectivas de cualquier desvío
detectado a tal efecto. 4. Organizar y mantener actualizado un registro de todos los trámites
catastrales finalizados y en curso, elevando, de acuerdo a los lineamientos,
pautas, criterios y periodicidad que determine la superioridad, un informe
detallado de los mismos. 5. Asegurar la provisión de insumos necesarios para la tramitación de los trámites catastrales, a saber: bolsines, precintos, obleas y artículos de librería para un adecuado y normal funcionamiento de la Gerencia de Soluciones de Mejora de Servicios Catastrales. Artículo 3°: Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación -Dirección Provincial de Personal-, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
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