Resolución Normativa Nº 086/08 LA PLATA, 26 de Agosto de 2008.- VISTO: CONSIDERANDO: Que en aras de alcanzar el funcionamiento óptimo de los citados
regímenes, como así también de dotarlos de un mayor
grado de simplicidad y certeza, mediante las Disposiciones Normativas
Serie "B" Nº 70/07 y mods., se introdujeron diversas modificaciones; Que con motivo de dichas modificaciones, los sujetos obligados a actuar
como agentes de conformidad a los regímenes señalados, deben
liquidar las recaudaciones aplicando la alícuota que, con relación
a cada contribuyente, la Autoridad de Aplicación publica en su
página web; Que en virtud de la sanción de la Ley 13850 se modificaron las
alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecidas en
la Ley Impositiva con vigencia a partir del 1° de agosto; Que a fin de otorgar certeza respecto al alcance que tiene el padrón
citado en el párrafo anterior, con relación a las empresas
prestatarias de servicios públicos de electricidad, gas, agua,
cloacas o telecomunicaciones, que por aplicación de la Disposición
Normativa Serie "B" Nº 70/07 y mods. tiene vigencia trimestral,
se torna necesario extender de manera expresa su aplicación durante
el mes de septiembre; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley 13766 y el Decreto 84/07; Por ello, ELDIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Extender, para las empresas prestatarias de servicios públicos que actúen de conformidad a lo previsto en los regímenes generales de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la vigencia del padrón de alícuotas establecido por la Resolución Normativa Nº 83/08 hasta el 30 de septiembre de 2008. Artículo 2º: La presente comenzará a regir desde el día de su fecha. Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
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