Resolución Normativa Nº 080/08 LA PLATA, 31 de julio de 2008. VISTO: CONSIDERANDO: Que, asimismo, a través de las Resoluciones Normativas Nº
72/08 y 73/08 se establecieron condiciones especiales y beneficios adicionales
aplicables con relación a quienes, también en entre el 1°
y el 31 de julio de 2008, realizaran su acogimiento a los regímenes
previstos en las Resoluciones Normativas Nº 13/08 ó 12/08,
para la regularización de deudas provenientes del Impuesto sobre
los Ingresos Brutos correspondientes a períodos no fiscalizados,
y para la regularización de las deudas provenientes de los Impuestos
sobre los Ingresos Brutos y de Sellos sometidas a proceso de fiscalización,
respectivamente; Que en esta oportunidad se estima conveniente extender la vigencia de
las Resoluciones Normativas N° 71/08, 72/08 y 73/08, anteriormente
mencionadas, a fin de permitir a aquellos contribuyentes con deuda que
aún no se han presentado a regularizar su situación fiscal,
acceder a los mismos beneficios previstos para quienes lo hicieron dentro
del plazo que se extiende mediante la presente; Que ha tomado la intervención que le compete la Gerencia General
de Coordinación Legal y Administrativa y la Subdirección
Ejecutiva de Gestión del Marco Legal y Normativo; Que la presente se dicta en reemplazo del Director Ejecutivo, en ejercicio
de las atribuciones conferidas por orden de prelación, mediante
Resolución Normativa N° 15/08, de acuerdo a lo establecido
por el artículo 11° de la Ley N° 10397 -Código Fiscal
de la provincia de Buenos Aires-; Por ello, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE GESTIÓN DEL RIESGO Artículo 1º: Extender, hasta el 22 de agosto de 2008, la vigencia de la Resoluciones Normativas N° 71/08, 72/08 y 73/08, en orden a lo expuesto en los considerandos de la presente. Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar. |
||